STSJ Murcia , 31 de Julio de 2001

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2001:2196
Número de Recurso496/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Julio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

5 Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº. 496/98 SENTENCIA nº. 602/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 602/01 En Murcia a treinta y uno de julio de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo nº. 496/98, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: precinto de naves dedicadas a la explotación porcina.

Parte demandante:

Alimentos Compuestos y Aves del Sureste, S.A., representada y dirigida por el Abogado D. Francisco Javier García Navarro.

Parte demandada:

El AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA, representado por el Procurador D. Juan Tomás Muñoz Sánchez y defendido por el Abogado D. Bernardo Muñoz Frontera.

Acto administrativo impugnado:

Decreto del Concejal Delegado de Sanidad del Ayuntamiento de Cartagena de 5 de enero de 1998 que decreta el precinto de tres de las naves de la explotación porcina "El Campillo de Adentro" sitas en el kilómetro 4 de Perin en ejecución de la Sentencia de esta Sala de fecha 26 de marzo de 1997 dictada en el recurso de protección de derechos fundamentales 1797/96.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia en la que estimando la demanda se declare la nulidad del acto administrativo recurrido, ordenando en consecuencia el desprecinto de las tres naves clausuradas, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por dicha declaración, con todas las consecuencia legales inherentes a dicho pronunciamiento y, en consecuencia, anule y deje sin efecto dicho acto administrativo recurrido, por estimación de las alegaciones formuladas en este escrito de demanda. todo ello con expresa imposición de gastos y costas de este procedimiento a la Administración recurrida.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 9-3-98, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 20-7-01.

II-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Ambas partes se muestran conformes cuando indican que el acto impugnado fue dictado por el Concejal Delegado de Sanidad con fecha 5-1-98 con el fin de ejecutar la sentencia dictada por esta Sala nº. 222 de 26-3-97 en el procedimiento de protección de derechos fundamentales nº. 1797/96, que estimó el recurso formulado por D. Jorge contra la...

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