STSJ Canarias , 11 de Julio de 2005

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
ECLIES:TSJICAN:2005:3064
Número de Recurso1139/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

1 Código 05b.- Ref: RCA nº 1.139/03.- SENTENCIA Ilmos Sres Presidente: Dña Cristina Paez Martínez Virel.- Magistrados:Don César José García Otero.- Dña Inmaculada Rodríguez Falcón.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 11 de julio de 2005.- Visto, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el presente recurso nº 1139/03, seguido por el procedimiento ordinario; en el que son partes: como recurrente, la Comunidad Autónoma de Canarias, representada y defendida por Letrado de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias; y, como partes codemandadas: el Ayuntamiento de Pájara, representado por el Procurador D. Manuel de León Corujo y defendido por el Letrado D. Antonio José Muñecas Rodrigo; la mercantil Inverdix S.A., representada por el Procurador D. Esteban A. Pérez Alemán y defendida por el Letrado D. Enrique López Curbelo; y la mercantil Aguas Cristóbal Franquis S.L., representada por el Procurador D. Gerardo Pérez Almeida y defendida por el Letrado D. Manuel Pérez Vera; versando sobre concesión de licencia de obra para ejecución de proyecto de viviendas, duplex y garajes, siendo la cuantía de 668.004.751 ptas, en su equivalente a euros.

A N T E C E D E N T E S
PRIMERO

Por Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Pá jara, en sesión de 8 de agosto de 2002, se otorgó licencia de obras a las entidades mercantiles Vinamar S.A. e Inverdix S.A., para proyecto de ejecución de 78 viviendas, 60 duplex y 193 plazas de garaje, en la parcela A del Polígono C-3 del Plan Parcial Las Gaviotas, de ese término municipal.- SEGUNDO.- Contra el referido Acuerdo se interpuso recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº Tres de los de Las Palmas de Gran Canaria, por Letrado de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Canarias.- TERCERO.- Planteada por el Juzgado cuestión de competencia objetiva, tras el correspondiente incidente, se elevó testimonio de particulares a esta Sala, que, por auto de 7 de mayo de 2003 , declaró su competencia para el conocimiento del asunto.-

CUARTO

Personadas ante la Sala todas las partes que se indican en el encabezamiento, continuó el pleito por sus cauces, y, en su momento, se formuló la correspondiente demanda en la que se pedía la estimación del recurso y la anulación de la licencia otorgada.

CUARTO

Por su parte, la Administración demandada se opuso al recurso y pidió su inadmisión, y subsidiariamente, su desestimación, mientras que las entidades mercantiles codemandadas pidieron la desestimación.- QUINTO.- Finalizado el período probatorio, se dio traslado para conclusiones, con posterior señalamiento del 10 de junio del año en curso para deliberación, votación y fallo, si bien, dado el volumen de trabajo que pesa sobre el órgano, se pasó al 11 de julio.- Fue ponente el Ilmo Sr Magistrado don César José García Otero,que expresa el parecer unánime de la Sala.-

F U N D A M E N T O S J U R I D I C O S

PRIMERO.- El objeto del recurso es la pretensión de anulación del Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Pájara, en sesión de 8 de agosto de 2002, que otorgó licencia de obras a las entidades mercantiles Vinamar S.A. e Inverdix S.A., para proyecto de ejecución de 78 viviendas, 60 duplex y 193 plazas de garaje, en la parcela A del Polígono C-3 del Plan Parcial Las Gaviotas, de ese término municipal.- A tal fin, los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias impugnan el acuerdo por un doble motivo que, por nuestra parte, reproducimos conforme al correcto orden procesal para su examen:

  1. ) Ausencia del informe jurídico en el procedimiento para el otorgamiento de las licencias, exigido por el artículo 166.5 del TRLOPC-ENC , y consiguiente nulidad del acuerdo de concesión de la licencia por haber prescindido del procedimiento legalmente establecido.- 2º) Vulneración del artículo 2 de la Ley 6/2001, de 23 de julio, de Medidas Urgentes en Materia de Ordenación del Territorio y del Turismo en Canarias , toda vez que se otorgó la licencia cuando estaba suspendido el otorgamiento de las que habilitan para la construcción o ampliación de establecimientos turísticos alojativos, siendo tal medida suspensiva de aplicación al caso toda vez que se trata de un proyecto de viviendas con clara vocación y finalidad turística a construir en suelo con uso residencial turístico.- SEGUNDO.- En cualquier caso, el Ayuntamiento de Pájara plantea, como primer motivo de su recurso, la...

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