STSJ Asturias , 10 de Abril de 2001

PonenteFRANCISCO SALTO VILLEN
ECLIES:TSJAS:2001:1700
Número de Recurso1473/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala da lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación único: 33000 3 0100540/2001 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1473/1996 Sobre PLANEAMIENTO De D/ña. ASOCIACION CIUDADANA INDEPENDIENTE "DEFENSA DEL PATRIMONIO ASTURIANO"

Procurador/a Sr./a. SIN PROFESIONAL ASIGNADO Contra D/ña. PRINCIPADO Codemandada: DIRECCION000 . y CAOLINES DE MERILLES, S.L. Procuradora: Mª. José Pérez Alvarez del Vayo SENTENCIA nº 273 Ilmos. Sres.

Presidenta:

Dª. María José Margarato García Magistrados:

D. Francisco Salto Villén D. Eduardo Gota Losada En Oviedo, a diez de abril de dos mil uno. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1473 de 1996, interpuesto por la ASOCIACIÓN CIUDADANA INDEPENDIENTE "DEFENSA DEL PATRIMONIO ASTURIANO", representada y dirigida por la Letrada Dª. Olga Alvarez García, contra la COMISIÓN DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ASTURIAS (CUOTA), representada por el Letrado de los Servicios Jurídicos del Principado de Asturias, D. Samuel Fernández-Miranda Alonso, siendo parte codemandadas las empresas DIRECCION000 . Y CAOLINES DE MERILLES, S.L., representadas por la Procuradora Dª. María José

Pérez Alvarez del Vayo y dirigidas por el Letrado D. Florentino Quevedo Vega, versando el recurso sobre desestimación presunta, por silencio administrativo negativo, del recurso de súplica interpuesto contra Acuerdo de la CUOTA, en su sesión de 28 de noviembre de 1995, por el que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Concejo de Belmonte de Miranda. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Francisco Salto Villén.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el ROPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia, por la que se declare: 1.- La nulidad, por ser contrario a Derecho, del acuerdo adoptado por la permanente de la CUOTA, en sesión de fecha 28 de noviembre de 1995, así como la nulidad de la resolución denegatoria presunta del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias respecto al recurso de súplica formulado; 2.- En aras de una tutela judicial efectiva, se solicita un pronunciamiento expreso de la Sala sobre todas y cada una de las causas de nulidad y anulabilidad alegadas y 3.- En cuanto a las costas, deberán imponerse a la Administración demandada. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

TERCERO

Conferido traslado a la parte codemandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

CUARTO

Por Auto de 5 de enero de 1999, se recibió el proceso a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

QUINTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

SEXTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día tres de abril pasado, en que la misma tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente procedimiento jurisdiccional, la desestimación presunta, por silencio administrativo negativo, del Recurso de Súplica interpuesto por la parte actora contra el Acuerdo adoptado por la Permanente de la Comisión de Urbanismo y ordenación del Territorio de Asturias (en adelante C.U.O.T.A.), en su sesión de 28 de noviembre de 1995, por el que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Concejo de Belmonte de Miranda (en...

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