STSJ País Vasco , 30 de Septiembre de 2003

PonenteLUIS ANGEL GARRIDO BENGOECHEA
ECLIES:TSJPV:2003:3679
Número de Recurso747/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 747/02 DE Ordinario Ley 98 SENTENCIA NUMERO 715/2.003 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA MAGISTRADOS:

D. ROBERTO SAIZ FERNANDEZ Dª. MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ En BILBAO, a treinta de septiembre de dos mil tres.

La Sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 747/02 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la resolución del Director de Agricultura del Gobierno Vasco de 29 de enero de 2002 que desestima el recurso interpuesto contra denegación de solicitud de inclusión en el Plan Nacional de abandono de la Producción láctea para el año 2.001.

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTE: Roberto , representado por Dª. PABLO BUSTAMANTE ESPARZA y dirigido por el Letrado D. SUSANA GOMEZ PEREZ.

- DEMANDADA: ADMINISTRACION GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO, representado y dirigido por el Letrado del Gobierno Vasco..

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA DE HECHO

PRIMERO

El día 21 de marzo de 2002 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. PABLO BUSTAMANTE ESPARZA actuando en nombre y representación de D. Roberto , interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Director de Agricultura del Gobierno Vasco de 29 de enero de 2002 que desestima el recurso interpuesto contra denegación de solicitud de inclusión en el Plan Nacional de abandono de la Producción láctea para el año 2.001; quedando registrado dicho recurso con el número 747/02.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que estimando la demanda se deje sin efecto la Resolución administrativa de fecha 29.01.02, dictada por el Viceconsejero de Agricultura y Desarrollo Rural del Gobierno Vasco desestimatoria del Recurso de Alzada interpuesto contra la Resolución del Director de Agricultura de 17.12.01, y estime la petición realizada por la actora en la solicitud de acogida de cese definitivo e indemnizado de la producción de leche.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime íntegramente las pretensiones de los demandantes.

CUARTO

Por auto de 27 de septiembre de 2002 se fijó como cuantía del presente recurso la de indeterminada.

QUINTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose las admitidas con el resultado que obra en autos. .

SEXTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEPTIMO

Por resolución de fecha 19.09.03 se señaló el pasado día 23.09.03 para la votación y fallo del presente recurso OCTAVO.- En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que por D. Roberto se recurre en vía contencioso administrativa la resolución del Director de Agricultura del Gobierno Vasco de 29 de enero de 2002 que desestima el recurso interpuesto contra denegación de solicitud de inclusión en el Plan Nacional de abandono de la Producción láctea para el año 2.001.

La demanda se basa en alegar que su petición ha de ser acogida en base a lo dispuesto en la Orden de 8 de junio de 2.001 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Por su parte, la representación del Gobierno Vasco contesta a la demanda defendiendo la...

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