STSJ Comunidad de Madrid , 30 de Septiembre de 2003

PonenteJOSE FELIX MARTIN CORREDERA
ECLIES:TSJM:2003:13336
Número de Recurso3576/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1 MADRID SENTENCIA: 01139/2003 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3.576/98 ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 1.139 PRESIDENTE Don Alfredo Roldán Herrero.

MAGISTRADOS Doña Clara Martínez de Careaga y García.

Doña Francisca Rosas Carrión Doña María Jesús Vegas Torres.

Don José Félix Martín Corredera.

Don Francisco Javier Sancho Cuesta.

En la Villa de Madrid, a treinta de septiembre de dos mil tres.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 3.576/98 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna el acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento de Madrid en fecha 25 de abril de 1997 por el que se aprueba provisional y definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior de las Colonias municipales de San Francisco Javier y Nuestra Señora de los Angeles.

Son partes en dicho recurso: como recurrente Asociación de Propietarios con contrato jurídico de las colonias municipales de San Francisco Javier y Nuestra Señora de los Angeles, representada por la procuradora doña María Gamazo Trueba y dirigida por la letrada doña Lucía Sánchez Gómez Carreño.

Como demandados: El Excmo. Ayuntamiento de Madrid, representado por el procurador don Eduardo Morales Price y dirigido por el letrado consistorial y el Patronato Municipal de la Vivienda de Madrid, representado por el procurador don Rafael Sánchez Izquierdo Nieto y dirigido por el letrado don Román Hierro Roldán.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando los actos impugnados en el presente recurso.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante el correspondiente escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho de los actos administrativos impugnados.

TERCERO

Mediante Auto se acordó el recibimiento del recurso a prueba, llevándose a la practica las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y Fallo el día 25 de septiembre de 2003, fecha en que tuvo lugar.

Ha sido ponente el magistrado don José Félix Martín Corredera, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de este recurso contencioso administrativo el acuerdo adoptado por el Excmo.

Ayuntamiento de Madrid en fecha 25 de abril de 1997 por el que se aprueba provisional y definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior de las Colonias municipales de San Francisco Javier y Nuestra Señora de los Angeles. PRIMEROPRIMEROPRIMEROPRIMEROPRIMERO SEGUNDO.- Comenzando por exponer las coordenadas normativas a utilizar, con especial referencia al contenido y a la documentación que han de comprenderse en los Planes Especiales de Reforma Interior, la Asociación recurrente...

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