STSJ Comunidad de Madrid 735/2007, 18 de Mayo de 2007

PonenteMARIA JESUS VEGAS TORRES
ECLIES:TSJM:2007:8037
Número de Recurso125/2003
Número de Resolución735/2007
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

PO 125/03

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00735/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

Recurso nº 125/2003

SENTENCIA NÚM. 735

Ilmos. Sres

Presidente:

D. Alfredo Roldán Herrero

Magistrados:

Doña Clara Martínez de Careaga y García

Doña Francisca Rosas Carrión

Doña Mª Jesús Vegas Torres

Don Francisco Javier Sancho Cuesta

Don José Félix Martín Corredera

En la Villa de Madrid, a dieciocho de mayo de dos mil siete.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso- administrativo número 125/03 interpuesto, por el procurador Sr. Pozas Osset actuando en nombre y representación de BUENOS AIRES S.A., contra la desestimación presunta de la petición de rectificación de error de los planos del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de Comunidad de Madrid de 17 de abril de 1997. Ha sido parte EL AYUNTAMIENTO DE MADRID, representado por el Procurador Sr. Granados Bravo

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso, se acordó reclamar el expediente administrativo, y una vez remitido, se acordó la puesta a disposición del demandante para que dedujera la demanda en el plazo de veinte días, lo que se formalizó por escrito presentado al efecto, en el que tras exponer los hechos y los fundamentos de derecho que estimó de aplicación terminaba suplicando que se dictara Sentencia por la que, con estimación del recurso, se disponga la corrección de los planos del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 en lo relativo a la calificación y trama como gasolinera de la parcela completa existente, sita en el kilómetro 4,100 de la carretera de San Martín de la Vega.

SEGUNDO

Dado traslado a la partes demandadas para contestar a la demanda, se tuvo por evacuado dicho trámite.

TERCERO

Acordado el recibimiento del pleito a prueba con el resultado obrante en autos, se confirió traslado a las partes para la presentación de conclusiones escritas, verificado lo cual, quedaron los autos pendientes de votación y fallo que tuvo lugar el día 10 de mayo de 2007.

Es Ponente la Magistrada Sra. Dª Mª Jesús Vegas Torres, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente procedimiento la desestimación presunta de la petición de rectificación de error de los planos del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de Comunidad de Madrid de 17 de abril de 1997, en lo relativo a la calificación y trama como gasolinera de la parcela completa existente, sita en el kilómetro 4,100 de la carretera de San Martín de la Vega.

Para la adecuada resolución del presente recurso conviene poner de manifiesto los siguientes hechos derivados de las actuaciones:

  1. - Abierto el periodo de información pública tras la aprobación inicial de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, la sociedad recurrente, por escrito fechado el 19 de octubre de 1995 formuló alegaciones ante la Oficina Municipal del Plan solicitando la rectificación de la ordenación propuesta para la zona de San Martín de la Vega (Plano O-96/8 del PGOUM), por afectar a la actividad de la estación de servicio de su propiedad sita en el Kilómetro 4,100 de la carretera de San Martín de la Vega, por cuanto que la estación se vería recortada en su extremo sur y se verían afectados servicios esenciales de la misma. Además, presentaron otra alegación por la que solicitaban la calificación del resto de la parcela como aparcamiento de vehículos pesados.

  2. - La Oficina Municipal del Plan dictó Acuerdo por el que "se acepta parcialmente la alegación en los términos incorporados por la documentación del Plan General, haciéndose constar lo siguiente: "se califica y trama como gasolinera la parcela completa existente como tal en la actualidad, recogida en el P.E.I.C. como E-50.2) Se rectifica el trazado de la carretera de San Martín de la Vega, llevándola a su actual trazado y reajustando más al sur la rotonda de enlace con la futura M-45. 3) Se mantiene la calificación de Parque sobre el resto de la parcela (aparcamiento de vehículos pesados), según la propuesta del P.E. Manzanares Sur".

  3. - con fecha de 30 de marzo de 1999 la sociedad recurrente solicitó licencia conjunta de obras y actividades e instalaciones para la remodelación de la estación de servicios, que dio lugar al expediente nº 711/99/07542. Con fecha 7 de junio siguiente, Buenos Aires SA. fue requerida para la presentación de plano con los límites de la parcela con objeto de comprobar que la actuación que se pretende llevar a cabo está dentro de la parcela señalada como dotacional para la instalación de servicios públicos de combustible para vehículos en la hoja de Ordenación 96/8 del PGOUM.

  4. - Con fecha 30 de septiembre de 1999, la recurrente presentó escrito ante la Gerencia Municipal de Urbanismo de Madrid por el que comunicaba que los Planos de Ordenación (O-96-8) y de Gestión ( G-96-8) del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid no recogían la calificación y trama como gasolinera de la totalidad de la parcela de su propiedad tal y como se recogía en el Acuerdo que estimó las alegaciones en su día formuladas a la aprobación inicial del Plan y solicitaba la incorporación a los Planos del PGOUM de la superficie total de la parcela como estación de servicio.

  5. - Con fecha 6 de octubre de 1999, la sociedad recurrente recibe nuevo requerimiento en el expediente...

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