STSJ Asturias , 6 de Abril de 2001

PonenteMARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2001:1635
Número de Recurso1605/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Social

ROLLO N° RSU 1605 /1999 45005 AUTOS N° 215/98 OVIEDO-1 SENTENCIA N° 944/01 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a seis de abril de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Salud, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Oviedo, ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. Fidel , en reclamación de derechos, siendo demandado el Instituto Nacional de la Salud y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha ocho de abril de mil novecientos noventa y nueve por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor D. Fidel , cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, presta servicios por cuenta del Instituto Nacional de la Salud como médico pediatra con plaza en propiedad en el Equipo de Atención Primaria de Sama de Langreo desde el 15 de diciembre de 1993 en virtud de concurso de traslado, ocupando anteriormente plaza en el Equipo de Atención Primaria de La Felguera.

  2. - Ha de realizar la siguiente jornada:

    -Lunes a jueves de 8 a 15 horas en el Centro de Salud de Sama, de 15 a 17 horas turnos rotatorios en el Centro de Salud de La Felguera y de 17 a 19 horas en el Centro de Sama, también en turnos rotatorios; viernes de 8 a 15 horas en su Centro de Salud.

    -Sábados (uno de cada de seis) de 8 a 11,30 horas en el Centro de Salud de Sama; de 12 a 15 horas en el Centro de Salud de La Felguera y de 15 a 17 horas localizado.

  3. - El Centro de Salud de Sama pertenece a la Zona Básica de Salud VIII.1 y el de La Felguera a la Zona Básica de Salud VIII.2.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de...

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