STSJ La Rioja , 9 de Diciembre de 2002
Ponente | JOSE LUIS DIAZ ROLDAN |
ECLI | ES:TSJLR:2002:914 |
Número de Recurso | 98/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
En la ciudad de Logroño a nueve de Diciembre de 2002.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Srs. Don José Félix Méndez Canseco, que la preside, Don José Luis Díaz Roldán y Don Ignacio Barriobero Martínez, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Iltmo.
Sr. Don José Luis Díaz Roldán la siguiente:
SENTENCIA N° 536 Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso- administrativo sustanciado en esta Sala bajo el número 98/2002 y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, a instancia de D. Pedro Enrique , representado por la Procuradora Dª Regina Dodero de Solano y con asistencia de la Letrado Dª Henar Moreno Martínez, siendo demandada la DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN LA RIOJA, representada y defendida, a su vez, por el Sr. Abogado del Estado: recurso cuya cuantía se estimó en Indeterminada.
I.-
Mediante escrito presentado el 6 de Febrero de 2002 se interpuso ante esta Sala y en nombre de D. Pedro Enrique recurso contencioso-administrativo contra Resolución de 14 de Diciembre de 2001 denegatoria del permiso de residencia temporal.
Admitido a trámite dicho recurso se recabó el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual se confirió traslado a la parte recurrente para que formulara su demanda, haciéndolo mediante escrito presentado el día 3 de Abril de 2002, y en el que, exponiendo los hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que entendió de aplicación, terminó suplicando... se dicte sentencia por la que estime el presente recurso, anulando la Resolución de dicha entidad y consecuentemente concediendo el permiso de residencia y trabajo solicitado por D. Pedro Enrique .
Trasladada la demanda al representante procesal de la Administración demandada, evacuó el trámite de contestación, oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendió oportunos, y solicitando finalmente la desestimación de la misma.
Recibido el pleito a prueba, se unió a los autos la practicada, tras lo cual se acordó la presentación de conclusiones escritas que fueron formuladas, en su momento, por las partes, señalándose, para votación y fallo del asunto, el día 3 de Diciembre de 2002, en que se reunió, al efecto, la Sala.
En la sustanciación del procedimiento se han observado las prescripciones legales.
II.-
Por el actor se impugna la resolución del Delegado del Gobierno en La Rioja, de fecha 14 de Diciembre de 2001, que inadmite a trámite el recurso de reposición formulado contra la resolución de 7 de Septiembre de 2001, que desestima la solicitud de concesión de permiso de residencia temporal,...
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