STSJ Comunidad de Madrid 442/2006, 22 de Mayo de 2006
Ponente | JOSE RAMON FERNANDEZ OTERO |
ECLI | ES:TSJM:2006:13989 |
Número de Recurso | 5489/2005 |
Número de Resolución | 442/2006 |
Fecha de Resolución | 22 de Mayo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
RSU 0005489/2005
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3
MADRID
SENTENCIA: 00442/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO SOCIAL
MADRID
Sección Tercera
Secretaría Sr. Fariñas Matoni
Recurso nº 5489/05
Sentencia nº 442/06-AF
Ilmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero
Presidente
Ilma. Sra. Dña. Josefina Triguero Agudo
Ilma. Sra.Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada
En Madrid, a veintidós de Mayo de dos mil seis
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación nº 5489/05 interpuesto por el INSS y la TGSS, asistidas por la Letrada Dña. Rosario Real Calama; y por Dña. María Inés, asistida por la Letrada Dña. Raquel Alfonso Cid, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº Treinta y cuatro de los de MADRID, en los autos nº 366/04, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero.-
Que según consta en los autos nº 366/04 del Juzgado de lo Social nº Treinta y cuatro de los de Madrid, se presentó demanda por Dña. María Inés, contra el INSS, en materia de Invalidez Absoluta o Total, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha uno de Julio de dos mil cuatro en los términos siguientes:
"Que estimada la demanda fomulada por María Inés contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo declarar a la demandante afecta de INCAPACIDAD PERMANENTE en el grado de TOTAL para su profesión habitual de comercial, con derecho a percibir una pensión vitalicia mensual del 55% de su base reguladora de 1.163,82 euros con fecha de efectos 1 de octubre de 2003 condenando al organismo demandado a estar y pasar por tal declaración así como al pago de la pensión".
En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:
La demandante Doña María Inés nacida el 06/02/64 figura afiliada a la Seguridad Social, Régimen General con el N° NUM000 siendo su profesión habitual la de comercial.
La demandante solicitó prestaciones por incapacidad, a instancia propia, el 22/07/03. TERCERO.- Se emitió informe médico de síntesis el 28/07/03. CUARTO.- Con fecha 11/08/03 el EVI propuso a 1a Dirección Provincial del INSS la no calificación de la demandante como incapacitada permanente en ninguno de sus grados. Dicho informe propuesta fue elevado a definitivo el 1/10/03. QUINTO.- La demandante padece infección VIH (desde 1983) Estadio B2. Hepatitis crónica por VHC (+) CD4.247 carga viral indetectable. Síndrome de astenia crónica. Síndrome de lipodistrofia mixta severa secundaria al tratamiento anti retroviral. SEXTO.- La demandante tiene reconocido un grado de minusvalía del 74% por resolución de la CAM de fecha 23/04/96 (Grado de discapacidad laboral, 65%; factores sociales complementarios, 8,5 puntos). SÉPTIMO.- La base reguladora de la prestación solicitada asciende a 1.163,82 euros, siendo la fecha de efectos la de 1/10/03. OCTAVO.- Se formuló reclamación previa el 28/11/03 que fue desestimada el 19/01/04.-
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el INSS y la TGSS, asistidas por la Letrada Dña. Rosario Real Calama; y por Dña. María Inés, asistida por la Letrada Dña. Raquel Alfonso Cid, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su...
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