STSJ Comunidad de Madrid 442/2006, 22 de Mayo de 2006

PonenteJOSE RAMON FERNANDEZ OTERO
ECLIES:TSJM:2006:13989
Número de Recurso5489/2005
Número de Resolución442/2006
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

RSU 0005489/2005

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00442/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL

MADRID

Sección Tercera

Secretaría Sr. Fariñas Matoni

Recurso nº 5489/05

Sentencia nº 442/06-AF

Ilmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero

Presidente

Ilma. Sra. Dña. Josefina Triguero Agudo

Ilma. Sra.Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada

En Madrid, a veintidós de Mayo de dos mil seis

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación nº 5489/05 interpuesto por el INSS y la TGSS, asistidas por la Letrada Dña. Rosario Real Calama; y por Dña. María Inés, asistida por la Letrada Dña. Raquel Alfonso Cid, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº Treinta y cuatro de los de MADRID, en los autos nº 366/04, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 366/04 del Juzgado de lo Social nº Treinta y cuatro de los de Madrid, se presentó demanda por Dña. María Inés, contra el INSS, en materia de Invalidez Absoluta o Total, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha uno de Julio de dos mil cuatro en los términos siguientes:

"Que estimada la demanda fomulada por María Inés contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo declarar a la demandante afecta de INCAPACIDAD PERMANENTE en el grado de TOTAL para su profesión habitual de comercial, con derecho a percibir una pensión vitalicia mensual del 55% de su base reguladora de 1.163,82 euros con fecha de efectos 1 de octubre de 2003 condenando al organismo demandado a estar y pasar por tal declaración así como al pago de la pensión".

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

PRIMERO

La demandante Doña María Inés nacida el 06/02/64 figura afiliada a la Seguridad Social, Régimen General con el N° NUM000 siendo su profesión habitual la de comercial.

SEGUNDO

La demandante solicitó prestaciones por incapacidad, a instancia propia, el 22/07/03. TERCERO.- Se emitió informe médico de síntesis el 28/07/03. CUARTO.- Con fecha 11/08/03 el EVI propuso a 1a Dirección Provincial del INSS la no calificación de la demandante como incapacitada permanente en ninguno de sus grados. Dicho informe propuesta fue elevado a definitivo el 1/10/03. QUINTO.- La demandante padece infección VIH (desde 1983) Estadio B2. Hepatitis crónica por VHC (+) CD4.247 carga viral indetectable. Síndrome de astenia crónica. Síndrome de lipodistrofia mixta severa secundaria al tratamiento anti retroviral. SEXTO.- La demandante tiene reconocido un grado de minusvalía del 74% por resolución de la CAM de fecha 23/04/96 (Grado de discapacidad laboral, 65%; factores sociales complementarios, 8,5 puntos). SÉPTIMO.- La base reguladora de la prestación solicitada asciende a 1.163,82 euros, siendo la fecha de efectos la de 1/10/03. OCTAVO.- Se formuló reclamación previa el 28/11/03 que fue desestimada el 19/01/04.-

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el INSS y la TGSS, asistidas por la Letrada Dña. Rosario Real Calama; y por Dña. María Inés, asistida por la Letrada Dña. Raquel Alfonso Cid, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su...

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