STSJ Murcia 249/2008, 14 de Abril de 2008

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2008:445
Número de Recurso131/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución249/2008
Fecha de Resolución14 de Abril de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00249/2008

ROLLO Nº: RSU 00131/2008

46050

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

En la ciudad de Murcia, a catorce de Abril de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ y D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Lucas, contra la sentencia número 0391/2007 del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 22 de octubre, dictada en proceso número 0047/2007, sobre incapacidad, y entablado por don Lucas frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: El actor, nacido el 17/12/1948 y de profesión habitual gestor de cobros, inició proceso de Incapacidad temporal el 1/3/2005. SEGUNDO: Tras el oportuno reconocimiento médico, se emitió el 30/10/2006 informe médico de síntesis. El Equipo de Valoración de Incapacidades elevó el 2/11/2006 propuesta de inexistencia de incapacidad permanente. TERCERO: Contra la resolución del INSS que así lo acordó se interpuso reclamación previa que fue desestimada. CUARTO: El actor padece las dolencias siguientes: trastorno depresivo crónico; distimia. presión de sufrimiento alta y angustia obsesiva. QUINTO: La base reguladora mensual asciende a 1257,49 euros"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por don Lucas, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a este último de todos y cada uno de los pedimentos de aquélla".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Antonio Joaquín Dólera López, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha 22 de Octubre del 2007, dictada por el juzgado de lo social nº 2 de Murcia en los autos 47/07, desestimó la demanda deducida por D. Lucas contra el INSS y la TGSS, en reclamación de prestaciones por incapacidad permanente absoluta o, subsidiariamente, total para la profesión de gestor de cobros, derivada de enfermedad común.

Disconforme con la sentencia, la demandante interpone recurso, solicitando, la revocación de la sentencia, para que se dicte otra estimatoria de la demanda, por la vulneración del artículo 137.4 de la LGSS. (artículo 191.c de la LPL )

FUNDAMENTO SEGUNDO.- El apartado cuarto de los hechos declarados probados refleja las dolencias que el actor presenta, en los términos siguientes: Trastorno depresivo crónico. Distimia. Presión de sufrimiento alta y angustia obsesiva.

A efectos de determinar la gravedad y el alcance invalidante de la enfermedad que presenta el...

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