STSJ Andalucía , 5 de Marzo de 2001

PonenteJUAN CARLOS TERRON MONTEROVALTU
ECLIES:TSJAND:2001:2784
Número de Recurso216/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

M.R.O. SECCIÓN SEGUNDA SENT. NÚM. 711/2001 PRESIDENTE ILMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ MAGISTRADOS ILMO. SR. D. JOAQUÍN L. SÁNCHEZ CARRIÓN ILMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO En la ciudad de Granada a cinco de Marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 216/00, interpuesto por D. Matías contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Uno de los de Almería en fecha 3 de Noviembre de 1.999 en Autos núm. 641/99, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Matías en reclamación sobre invalidez contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 3 de Noviembre de 1.999, por la que desestimando la demanda formulada por el actor, absolvía de la misma al Organismo demandado.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor D. Matías , nacido el día 6-10-38 y domiciliado en Huércal de Almería (Almería), figuró afiliado a la Seguridad Social y encuadrado durante distintos períodos tanto en el R.G. como en el R.E.T.A. 2º.- Por resolución del Director Provincial de la Entidad demandada de fecha 12-11- 98, fue declarado en situación de I.P.T. para su profesión habitual, como trabajador autónomo, afiliado al R.E.T.A. 3º.- Presentada solicitud de incremento del 20% en la pensión de I.P.T. que tenía reconocida, por ser mayor de 55 años, la Dirección Provincial del I.N.S.s. dictó resolución con fecha 22-4-99, denegando la pretensión actor por cuanto que la prestación le fue reconocida como trabajador autónomo.

  2. - Con fecha 20-5-99 la parte demandante interpone reclamación previa contra la anterior resolución, que le fue desestimada por otra de la misma autoridad de 22-6-99.

  3. - El actor a la fecha de la solicitud de invalidez, se encontraba afiliado al R.E.T.A., teniendo acreditado al Régimen de Autónomos un total de 6.332 días y al R.G. 6.315 días.

  4. - El actor solicita que se le incremente la pensión de I.P.T. en el 20%.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR