STSJ Comunidad Valenciana , 19 de Septiembre de 2002

PonenteISABEL MORENO DE VIANA-CARDENAS
ECLIES:TSJCV:2002:8874
Número de Recurso186/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Social

3 Rec. C/Sent. nº 186/02 Recurso contra Sentencia núm. 186 de 2.002 Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos Presidente Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas En Valencia, a diecinueve de septiembre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 5017/2002 En el Recurso de Suplicación núm. 186/02, interpuesto contra la sentencia de fecha 15 de Noviembre de 2.001, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Seis de Alicante, en los autos núm. 397/01, seguidos sobre Prestaciones Viudedad y Orfandad, a instancia de Dª Concepción asistida por la Letrada Dª Mª de los Ángeles Pastor Martínez, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL asistida por la Letrada Dª María Laso González, y en los que es recurrente la parte demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 15 de Noviembre de 2.001, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Dª Concepción frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sobre PENSION DE VIUDEDAD Y ORFANDAD debo declarar y declaro el derecho de la actora a su pensión de viudedad y la de orfandad de su hijo Gerardo , con arreglo a una base reguladora de 82.814,-ptas/mes, condenando al Organismo demandado a estar y pasar por dicha declaración y al abono de ambas prestaciones".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Dª Concepción , con DNI NUM000 , solicitó el 17-04-01 pensión de viudedad y orfandad para su hijo Gerardo , nacido el 15- 11-90, por fallecimiento de su esposo y padre respectivamente, D. Jose Ignacio el 24- 07-99, tras encontrarse afectado por el virus del VIH, que le había sido detectado tras su adicción al consumo de sustancias tóxicas.- SEGUNDO.- Dicha solicitud fue denegada, mediante Resolución de fecha 08-05-01, por "no hallarse el causante en alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del fallecimiento y no reunir 500 días dentro de los 5 años anteriores al fallecimiento ni un período mínimo de cotización de 15 años. El fallecido acredita 2016 días de cotización en toda su vida laboral".- Contra dicha Resolución se interpuso la oportuna Reclamación en Vía Previa el 01-06-01, que no obtuvo

Resolución expresa.- TERCERO.- El fallecido acredita 2.016 días cotizados a la Seguridad Social, que fueron realizados en el Régimen General de la Seguridad Social, en el período del 10-11.78 al 02-06-93, de los cuales 923 días corresponden al período del 21-08-90 al 02-06-93 y 931 el período del 12-12-88 al 02-06- 93.- CUARTO.- La base reguladora de la prestación solicitada asciende a 82.814,- ptas/mes.- QUINTO.- D. Jose Ignacio , ingresó en la prisión de Ocaña el 04-09-93 para cumplir las condenas impuestas por la Audiencia Provincial de Madrid (12 años,...

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