STSJ Comunidad Valenciana 1924/2008, 10 de Junio de 2008

PonenteINMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH
ECLIES:TSJCV:2008:2860
Número de Recurso2815/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1924/2008
Fecha de Resolución10 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Social

1924/2008

2

Rec. C/ Sent núm. 2815/2007

Recurso contra Sentencia núm. 2815/2007

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Presidente

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell

Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch

En Valencia, a diez de junio de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1924/2008

En el Recurso de Suplicación núm. 2815/2007, interpuesto contra la sentencia de fecha 27 de abril de 2007, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Alicante, en los autos núm. 807/2006, seguidos sobre VIUDEDAD, a instancia de Dª Juana, asistida de la Letrada Dª Carolina Maestre Gras, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente el Instituto Nacional de la Seguridad Social, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 27 de abril de 2007, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda interpuesta por Dª Juana contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo declarar y declaro el derecho de la demandante a percibir una pensión de viudedad sobre la cuantía del 52% de la base reguladora de 494,32 euros, a cuyo pago se condena al organismo demandado.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La actora Dª Juana, mayor de edad, con DNI NUM000, con domicilio en Elda, contrajo matrimonio en fecha 16.06.1968, con D. Rafael con DNI NUM001, el cual falleció el 21.05.06 por enfermedad común.- SEGUNDO.- Con fecha 9.06.06 la demandantes solicitó las prestaciones de viudedad dictándose resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 26.06.06, en la que declaraba encontrarse el causante en la fecha del fallecimiento en situación asimilada al alta, y en los últimos quince años no acreditaba cotización alguna al régimen general, resolviendo reconocer la condición de pensionista de la Seguridad Social, sin efectos económicos.- TERCERO.- El causante cotizó a la Seguridad Social durantes los siguientes periodos en el Régimen General: Del 1..07.68 a 30.06.70: 730 días.- Del 1.07.70 a 30.04.71: 304 días.- Del 1.05.71 a 1.09.71: 124 días.- Del 1.09.71 a 25.04.73: 604 días.- Del 13.03.80 a 25.08.80: 166 días.- Del 25.08.80 a 24.11.80: 92 días.- Del 18.07.86 a 28.07.86: 11 días.- Del 30.10.80 a 30.04.88: 2740 días.- Del 1.05.88 al 1.05.88: 1 días.- Del 1.05.88 a 9.11.89: 558 días.- Del 29.12.94 a 20.05.06: 4161 días.- CUARTO.- D. Rafael fue beneficiario del subsidio de desempleo para mayores de 52 años, con una base reguladora diaria de 15,97 euros, desde el 29.12.94 hasta la fecha de su fallecimiento. No figuraba inscrito como demandante de empleo..- QUINTO.- La actora es beneficiaria de una pensión de incapacidad permanente por importe de 469,62 euros mensuales desde el mes de mayo de 2006 El causante padecía alcoholismo crónico, y durante los meses de mayo y junio de 2003 acudió frecuentemente a la consulta de su médico de cabecera, por presentar problemas psiquiátricos relacionados con su enfermedad.- SEXTO.- La base reguladora de la prestación de viudedad es de 494,32 euros mensuales.- SÉPTIMO.- Se ha agotado la vía...

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