STSJ Galicia , 13 de Marzo de 2001

PonenteMIGUEL ANGEL CADENAS SOBREIRA
ECLIES:TSJGAL:2001:1998
Número de Recurso385/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

Doña María Socorro Bazarra Varela, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Certifico.- Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso núm. 385/98 DP ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR A Coruña, a trece de marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 385/98 interpuesto por Don Lorenzo contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. uno de Ferrol siendo Ponente el ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Don Lorenzo en reclamación de JUBILACION siendo demandado el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Cofradía de Pescadores de Espasante y la Diócesis de Mondoñedo- Ferrol, en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 273/97 sentencia con fecha 25 de septiembre de 1997 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante, Don Lorenzo , nacido el día 25 de enero de 1932 y afiliado al Régimen general de la Seguridad Social con el n° NUM000 , solicitó del Instituto Nacional de la Seguridad Social con fecha 4 de febrero de 1997 la prestación de jubilación. Tramitado el expediente administrativo que obra en autos y se da aquí por reproducido en su integridad, la Entidad demandada acordó por resolución de 25 de marzo de 1997, concederle la prestación solicitada, en un porcentaje del 68% sobre una base reguladora de 163.309- pesetas mensuales y con efectos del día 1 de febrero. Contra dicha resolución formuló el demandante escrito de reclamación previa, la cual resultó estimada parcialmente por otra de fecha 2 de julio de 1997, elevándose la base reguladora a la cantidad de 168.219 pesetas mensuales.

SEGUNDO

El demandante ha cotizados a la Seguridad Social en los siguientes períodos:

Al Régimen General: del 07/02/78 al 31/01/97 6.934 días Al Régimen Especial del Mar del 20/8/86 al 25/01/97 3.809 días TERCERO.- Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"

FALLO

Desestimo la demanda sobre PENSION DE JUBILACION formulada por DON Lorenzo contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la COFRADÍA DE PESCADORES DE ESPASANTE y la DIOCESIS DE MONDOÑEDO-FERROL y, en consecuencia, absuelvo a las demandadas de las pretensiones de la misma.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el actor en solicitud de que con revocación de la sentencia de instancia, se estime la demanda, a cuyo efecto y al amparo del art. 191-C L.P.L. denuncia en un motivo único la infracción del "art. 160 y siguientes de la L.G.S.S."

SEGUNDO

Conforme a los incombatidos H.D.P. A) El actor, nacido el 25/1/32 y afiliado al Régimen General de la S.S., solicitó del INSS pensión de jubilación en 4/2/97, siéndole concedida en un porcentaje del 68% sobre una...

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