STSJ Murcia , 12 de Marzo de 2001

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2001:636
Número de Recurso613/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

1 TRIB.SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA ssau002 SENTENCIA Nº: 348/2001 ROLLO Nº: RSU 613/2000 40129 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a doce de Marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOSÉ

LUIS ALONSO SAURA y D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por don Carlos Francisco , en su calidad de presidente de la Organización Impulsora de Discapacitados, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, de fecha 6 de abril de 2000, dictada en proceso número 405/98, sobre inscripción en la Seguridad Social, y entablado por don Carlos Francisco , en su calidad de presidente de la OID frente a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º) La Organización Impulsora de Discapacitados (OID), inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, en fecha 15 de julio de 1996 presentó ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Murcia, solicitud de alta en la Seguridad Social para que se declarara como actividad económica la "organización y celebración de apuestas y loterías", para realizar la actividad de venta de boletos. La Tesorería General de la Seguridad Social dio de alta a la OID en el Régimen General de la Seguridad Social. 2º) Iniciado expediente de cancelación de inscripción de la empresa, y tras efectuarse los trámites preceptivos, la Tesorería General de la Seguridad Social dictó resolución de fecha 2-01-1998, en la que acordó formalizar de oficio la baja en el Régimen General de la Seguridad Social de la OID, así como de sus trabajadores por no tener autorización administrativa para realizar las actividades que declara. 3º) La OID carece de la autorización administrativa para realizar la actividad de organización y celebración de apuestas deportivas, loterias y otros juegos. 4º) Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución de fecha 5-03-1998"; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Desestimo la demanda interpuesta por la Organización Impulsora de Discapacitados frente a la Tesorería General de la Seguridad Social, y absuelvo a la misma de la pretensión en su contra deducida".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Javier Gallego Sánchez, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Recurre la parte actora de este procedimiento en solicitud de una sentencia de esta Sala que revocando la de instancia, estime las peticiones formuladas en la demanda. A lo cual se opone la Tesorería General de la Seguridad Social solicitando la confirmación de dicha resolución.

FUNDAMENTO SEGUNDO.- Para lo cual se ampara el recurrente en el ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR