STSJ Comunidad Valenciana , 13 de Mayo de 2003

PonenteJOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA
ECLIES:TSJCV:2003:3953
Número de Recurso462/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TSJCV.

Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto n° "462/00"

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia a trece de mayo de dos mil tres En la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres D. JOSE BELLMONT MORA Presidente D. FERNANDO NIETO MARTIN y D. JOSÉ MARIA ZARAGOZA ORTEGA Magistrados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA N° 766/03 En el recurso contencioso administrativo n° 462/00 interpuesto por D. Lucio , representado por la Procuradora Doña Blanca Temiño Arroyo y defendido por la Letrada Doña Rosa Arias Salvador contra resoluciones de la Alcaldía del Ayuntamiento de Olocau (Valencia) de 2 de febrero de 2000 y 11 de octubre de 1999 habiendo sido parte en los autos el Ayuntamiento de Olocau, representado por la Procurador Doña Rosa Ubeda Solano y defendido por el Servicio de Defensa en Juicio de las Entidades Locales de la Diputación de Valencia y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MARIA ZARAGOZA ORTEGA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia anulando las resoluciones impugnadas y concediéndole una indemnización de 6.244.533 pts.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó la desestimación de la demanda.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 6 de mayo de 2003 QUINTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye objeto de este recurso contencioso administrativo el Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Olocau (Valencia) de 2 de febrero de 2000 desestimando el recurso de reposición interpuesto por Doña Rosa Arias Salvador, en nombre y representación de D. Lucio contra Decreto de 11 de octubre de 1999, donde se acordaba no acceder a la petición de responsabilidad patrimonial formulada hasta no haber agotado la vía penal.

Dicho recurrente alega ahora en su demanda, que es padre del menor Pedro Francisco e interpuso el 5 de julio de 1999 en tal concepto, reclamación por responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento de Olocau a consecuencia del grave accidente sufrido el 1 de abril de 1999, en dicho municipio por su hijo de 15 años. Posteriormente, el 22 de julio 1999, se suspendía ese procedimiento, en base a la existencia del atestado policial que podría hacer suponer la posibilidad de un proceso penal en curso y la aplicación del art. 114 LECr. Frente a ello, el recurrente presentó escrito de 27 de septiembre de 1999, acompañando testimonio del auto de archivo del juicio de faltas 146/99, del Juzgado de Instrucción n° 1 de Liria, al considerar prescritas las acciones penales, solicitando se reanudara el expediente de responsabilidad patrimonial. Finalmente, se dicta nuevo Decreto, de 11 de octubre de 1999, alegando que debiera formularse denuncia penal hasta obtener sentencia para poder reanudar el procedimiento suspendido; frente a esta decisión se interpone recurso de reposición que es desestimado por Decreto de 2 de febrero de 2000, que confirmó la anterior resolución impugnada. Motiva la reclamación patrimonial formulada al Ayuntamiento, el hecho de que el 1 de abril de 1999 sobre las 17 horas, el citado hijo del actor circulaba con su bicicleta por la vía pública (V-25), de la población de Olocau, cuando al girar hacia la derecha, en dirección a la calle La Huerta y...

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