STSJ Comunidad Valenciana , 12 de Julio de 2002
Ponente | JOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS |
ECLI | ES:TSJCV:2002:7902 |
Número de Recurso | 346/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 12 de Julio de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
ROLLO DE APELACION Núm. 346/01 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SENTENCIA Núm. 924/02 Presidente D. Mariano Ferrando Marzal Magistrados D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En Valencia a doce de julio de dos mil dos. Visto el recurso de apelación interpuesto por Dª Cecilia contra la Sentencia N° 163/01, de 14 de junio, dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo N° 7 de Valencia en el Recurso N° 34/01, siendo parte apelada la Universidad de Valencia.
Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.
El Juzgado N° 7 de Valencia dictó Sentencia en los autos N° 34/01 desestimando el recurso interpuesto por Dª Cecilia contra las resoluciones de la Junta de Gobierno de la Universidad de Valencia de 27 de octubre y 21 de diciembre de 2.000 y acuerdos del Consejo del Departamento de Didáctica y Organización Escolar de 20 y 27 de julio y 26 de septiembre de 2.000, sobre elaboración del P.O.D. Notificada la Sentencia, la actora interpuso recurso de apelación solicitando la revocación de la misma y la estimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto.
La Universidad de Valencia evacuó el trámite de formalización de la oposición al recurso solicitando la desestimación del mismo y la confirmación de la Sentencia apelada.
Cumplidos los trámites del art. 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa y no habiéndose discutido la admisión del recurso ni solicitado el recibimiento a prueba quedaron los autos pendientes de votación y fallo.
Se señaló para la votación y fallo del recurso de apelación el día 11 dé, julio de 2.002, teniendo lugar la misma el citado día.
Se han cumplido las prescripciones legales en ambas instancias.
Se aceptan los Hechos de la Sentencia apelada en lo que se refieren a antecedentes y tramitación.
No se aceptan los Fundamentos de Derecho.
El objeto del recurso lo constituye el examen de la adecuación a derecho de la Sentencia apelada en virtud de la cual se desestimó el recurso interpuesto por Dª Cecilia , catedrática de Escuela Universitaria de Didáctica y Organización Escolar, contra las resoluciones de la Junta de Gobierno de la Universidad de Valencia de 27 de octubre, y 21 de diciembre de 2.000 y acuerdos del Consejo del Departamento de Didáctica y Organización Escolar de 20 y 27 de julio y 26 de septiembre de 2.000, sobre elaboración del POD. La Sentencia basa su fundamentación en que las previsiones de los actos recurridos no contravienen normas de rango superior ni jurisprudencia aplicable al caso.
La parte apelante alega en defensa de su pretensión que sí se vulnera la jurisprudencia sobre la materia.
La parte apelada opone a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba