STSJ Comunidad Valenciana , 13 de Mayo de 2002

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2002:5299
Número de Recurso2237/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso número 2.237/1.998 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia número 618 /2.002 Ilmos. Sres.

Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don José Martínez Arenas Doña Amparo Pérez Navarro En la Ciudad de Valencia, a trece de mayo de dos mil dos. Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso-administrativo número 2237 de 1.998, interpuesto por Doña Marcelina , representada y defendida por el Letrado Don Salvador Ferrer Giménez, contra la resolución de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, de fecha 2.7.1998, denegatoria del permiso de residencia solicitado por la ciudadana extranjera de nacionalidad china, Marcelina ; habiendo sido parte, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Doña Amparo Pérez Navarro.

Antecedentes de hecho

Primero

Interpuesto recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia por la que estimando el presente recurso, se deje sin efecto, declarándola nula y no ajustada a derecho, la resolución de fecha 2 de julio de 1998 en la que se acordó la denegación del permiso de residencia solicitado, imponiéndose las costas de este recurso a la Administración.

Segundo

El Abogado del Estado, contestó a la demanda mediante escrito en el que terminaba suplicando, que se dictase sentencia por la que se declarase la conformidad a derecho de la resolución impugnada, absolviendo a la Administración del presente recurso.

Tercero

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones, quedando los autos, una vez cumplido dicho trámite, pendientes de señalamiento para votación y fallo.

Cuarto

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 17 de abril de 2.002, habiendo tenido lugar el mismo en dicho día y en los sucesivos.

Quinto

En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

Fundamentos de Derecho

Primero

Es objeto de impugnación en el presente recurso, la resolución de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana de fecha 2.7.1998, por la que se resolvió denegar el permiso de residencia solicitado por la extranjera Doña Marcelina , de nacionalidad china, el 12.3.1998, al no cumplir los requisitos que determina la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 155796, de 2 de julio, al no acreditar que dispone de medios de vida suficientes para el periodo de residencia que solicita y no acreditar con certificado válido la relación matrimonial.

Segundo

La parte actora, alega en síntesis, que consta acreditado que...

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