STSJ Comunidad Valenciana , 19 de Febrero de 2003

PonenteMIGUEL ANGEL OLARTE MADERO
ECLIES:TSJCV:2003:1344
Número de Recurso418/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TSJCV.

Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto n° Rollo n° 418/2002 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, a 19 de febrero de dos mil tres.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Srs., Presidente D. Jose Bellmont Mora, D. Miguel Angel Olarte Madero y Doña Rosario Vidal Mas, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 230/03 En el recurso de apelación tramitado con el numero de rollo 418/2002, en el que ha sido partes apelantes-apeladas la mercantil Internacional Sagero Coop V, representada por el Procurador Enrique Miñana y asistida por el Letrado D. Salvador Domenech Lopez, y el Ayuntamiento de Valencia, representada por sus servicios jurídicos, siendo Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Olarte Madero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos de recurso contencioso-administrativo seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de los de Valencia con el número 74/2.001, a instancias de la mercantil mencionada, con fecha 26 de junio de 2002, recayó sentencia, cuya parte dispositiva dice: "

Estimo parcialmente el recurso contencioso-administrativo Núm 74/2001, interpuesto por el Letrado D. Salvador Doménech López, en representación de la mercantil Internacional Sagero Coop V., contra las siguientes resoluciones: - Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento n° 4723, de 22 de noviembre de 2000, dictada en el expediente n° 265/00 del servicio de Actividades, desestimatoria del recurso de reposición formulado por dicha mercantil contra la Resolución de la Alcaldía V-2437, de 27 de julio de 2000, por la que se impuso a la mercantil mencionada, titular de la actividad de pub que ejerce bajo la denominación de "Ambians", la sanción de suspensión por tres meses de la Licencia de apertura concedida en virtud de Resolución de la Alcandía n° V-4872, de 18 de septiembre de 2000, para la citada actividad, como responsable de una infracción tipificada en el apartado p) del art. 22, en relación con el art. 21. G), de la Ley de la Generalitat Valenciana 2/1991, de 18 de febrero, de espectáculos, Establecimientos Públicos y Actividades Recreativas.- Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Valencia n° 4721, de 22 de noviembre de 2000, desestimatoria del recurso de reposición formulado por dicha mercantil contra la Resolución de la Alcaldía V-2437, de 27 de julio de 2000, dictada en el expediente n° 3458/99 del Servicio de Actividades, por la que se impuso a la mercantil menciona, titular de la actividad de pub que ejerce bajo la denominación de "Ambians", la sanción de suspensión por tres meses de la licencia de apertura concedida en virtud de Resolución de la Alcaldía n° V-4872, de 18 de septiembre de 2000, para la citada actividad, como responsable de una infracción tipificada en el apartado e) del art. 23 de la Ley de la Generalitat Valenciana 2/1991, de 18 de febrero, de Espectáculos, Establecimientos Públicos y Actividades Recreativas.- anulo y dejo sin efecto las citadas resoluciones dictadas en el expediente n° 265/00 del Servicio de Actividades del Ayuntamiento de Valencia por ser contrarias a Derecho, y desestimo, en lo demás, el recurso de autos."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por la representación de la parte demandante y demandada, en tiempo y forma, recurso de Apelación que fue admitido, dándose traslado a la contraparte que formuló su oposición por escrito presentado en fecha 30 de septiembre de 2002..

TERCERO

Elevados los indicados autos a este Tribunal, y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo, se señaló para la votación y fallo el día 19 de febrero de 2003.

CUARTO

Se han cumplido en ambas instancias todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En esta instancia se recurre la sentencia del Juez "ad quo" por la...

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