STSJ Comunidad Valenciana , 12 de Septiembre de 2002

PonenteROSARIO VIDAL MAS
ECLIES:TSJCV:2002:8681
Número de Recurso1716/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO 1716/98 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA SENTENCIA NUM. 1460/02 Ilustrísimos Señores Presidente Don JOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA Magistrados Don EDILBERTO NARBON LAINEZ Doña ROSARIO VIDAL MAS En la ciudad de Valencia, a 12 de septiembre de 2002.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo número 1716/98, interpuesto por el Letrado DON FRANCISCO JESÚS VENTURA NOS, en nombre y representación de RALLO HERMANOS SA., contra la resolución de la Dirección General de Tráfico de 3.2.98, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra la resolución dictada por la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia en expediente administrativo 46-010-785.946-5, habiendo sido parte en los autos la Administración demandada, representada por el Abogado del ESTADO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Dña. ROSARIO VIDAL MAS y a la vista de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplica que se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

El representante de la parte demandada, contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para votación y fallo el día 11.9.02.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTACION JURIDICA

PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra las citadas resoluciones por las que se impone sanción sobre la base de que en primer lugar, no existe la infracción imputada y así, de ser ciertos los hechos, se deberían a un error de fabricación del aparato tacógrafo. En segundo lugar, nulidad por infracción de las normas de procedimiento ya que no se ha practicado la prueba propuesta consistente en aportación de los discos diagramas y del acta de inspección; en tercer lugar, infracción del principio de proporcionalidad al no haberse valorado los criterios de graduación.

La Administración demandada se opone en base a la corrección del expediente administrativo y la resolución recaída en el mismo.

SEGUNDO

A la vista del expediente administrativo se desprende que:

1) Se...

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