STSJ Comunidad Valenciana , 22 de Octubre de 2002

PonenteANTONIO MARQUEZ BOLUFER
ECLIES:TSJCV:2002:10087
Número de Recurso260/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia a 22 de octubre de 2002.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA, Presidente; Dª ROSARIO VIDAL MAS, y D. ANTONIO MARQUEZ BOLUFER, Magistrados han pronunciado la siguiente SENTENCIA 1687/02 En el recurso contencioso Administrativo n° 260/99, interpuesto por el Grupo Socialista del Ayuntamiento de Guardamar del Segura, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jorge Castelló Navarro, contra el acuerdo del Pleno de dicho Ayuntamiento, de fecha 26 - 1 - 1999, en el apartado que desestimaba las alegaciones contra el Pliego de Condiciones Administrativas (en lo sucesivo Pliego)

del concurso para la adjudicación de terrenos en regimen de concesión administrativa para la construcción y explotación de un Mercado publico y zona comercial.

Siendo parte demandada, el Ayuntamiento de Guardamar del Segura, representado por el Procurador de los Tribunales D. Juan Antonio Ruiz Martin.

Y Magistrado ponente el Iltmo. Sr D. ANTONIO MARQUEZ BOLUFER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguido por los trámites legales, se emplazó al demandante para que formulase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que solicitaba se declarase la nulidad de la resolución recurrida en cuanto a la aprobación del Pliego de Condiciones mencionado.

SEGUNDO

Por la parte demandada, se contestó a la demanda mediante escrito donde solicitaba se declarase la conformidad a derecho de los actos administrativos impugnados.

TERCERO

No habiéndose recibido los autos a prueba, se declararon conclusas las actuaciones de este proceso, quedando pendiente de señalamiento para votación y fallo, que fue fijado para el día 16 de Octubre de 2002.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto de este recurso, el examen de legalidad respecto la resolución municipal de Pleno, de fecha 26 - 1 - 1999, que aprobó el Pliego de Condiciones que había de regir en el concurso para la adjudicación de terrenos en régimen de concesión administrativa para la construcción y explotación de un Mercado Publico y Zona Comercial.

SEGUNDO

Se opone por el Ayuntamiento demandado, en primer lugar, la falta de legitimación de la parte demandante por falta de un interés legitimo, en base a que al ser declarado posteriormente desierto el concurso, en sesión municipal de fecha 3 - 5 - 99, carecería de interés el Grupo recurrente para que se anulara el Pliego de Condiciones que le sirvió de base.

Esta alegación no puede prosperar, al existir una reiterada doctrina junsprudencial en el sentido que, en el proceso contencioso administrativo la delimitación del objeto se efectúa en el escrito de interposición en que habrá de indicarse el acto contra el que se formula, y también en el escrito de demanda en donde se deducirán las pretensiones.

Por tanto, en ambos escritos se indica el mismo acto recurrido, y no...

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