STSJ Comunidad Valenciana , 7 de Noviembre de 2002
Ponente | ROSARIO VIDAL MAS |
ECLI | ES:TSJCV:2002:10812 |
Número de Recurso | 3515/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 7 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO NUMERO 3515/98 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SENTENCIA NUM. 1801/02 Ilustrísimos Señores Presidente Don JOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA Magistrados Don EDILBERTO NARBON LAINEZ Doña ROSARIO VIDAL MAS En la ciudad de Valencia, a 07 de noviembre de 2002.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo número 3515/98, interpuesto por el Letrado DON VICENTE SALVADOR BENEYTO RUBIO, en nombre y representación de DOÑA Irene , contra la resolución de la Dirección General de Tráfico de 8.10.98 desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra la resolución de la Jefatura Provincial de Trafico de Valencia en expediente administrativo 46- 0048186704, habiendo sido parte en los autos la Administración demandada, representada por el Abogado del ESTADO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. ROSARIO VIDAL MAS y a la vista de los siguientes
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplica que se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
El representante de la parte demandada, contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló para votación y fallo el día 6.11.02.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra las citadas resoluciones por las que se impone sanción por carecer del seguro obligatorio sobre la base de que la obligación de concertar el mismo corresponde al propietario del vehículo, condición que no ostentaba el sancionado que lo llevaba en forma circunstancial.
La Administración demandada se opone en base a la corrección del expediente...
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