STSJ Comunidad Valenciana 6677, 22 de Noviembre de 2005

PonenteRAFAEL PEREZ NIETO
ECLIES:TSJCV:2005:6677
Número de Recurso1130/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución6677
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TSJCV Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera Rº 1130/02 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA SENTENCIA Nº 2135/05 En la ciudad de Valencia a 22 de noviembre de 2005.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don José Bellmont Mora, Presidente, don Luis Manglano Sada y don Rafael Pérez Nieto, Magistrados, el recurso contencioso-administrativo con el número 1130/02, en el que han sido partes, como recurrente, don Carlos Antonio y doña Nuria , representados por la Procuradora Sra. Gomis Segarra y como parte demandada, representado por la Procuradora Sra. Úbeda Solano, el Ayuntamiento de Olocau. La cuantía del recurso se ha fijado en 1.102, 33 euros. Ha sido ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso y seguidos los trámites establecidos por la ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara demanda, lo que verificó en escrito mediante el que quedó ejercitada su pretensión de anulación del acto impugnado exclusivamente en cuanto que se acuerda la expropiación de la parte recurrente, interesando de esta Sala que se pronuncie sobre la procedencia de la modificación del proyecto técnico presentado en cuanto el mismo debe ejecutarse mediante el trazado por las parcelas núm.

NUM000 y NUM001 .

SEGUNDO

Por la parte demandada se formuló escrito por el que solicitó la desestimación del recurso.

TERCERO

El proceso no se recibió a prueba y los autos quedaron pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para votación y fallo el día 22 de noviembre de 2005.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de la impugnación del presente recurso contencioso-administrativo es el Acuerdo de 10-1-2002 del Pleno del Ayuntamiento de Olocau desestimatorio del recurso de reposición que la parte actora dedujo contra el Acuerdo de 23-8-2001 adoptado por la Alcaldía de dicho Ayuntamiento. En este Acuerdo se aprueba inicialmente el proyecto de expropiación para la instalación de un acueducto en las calles Los Abetos, Los Olivos, Los Sauces y adyacentes de la Urbanización Pedralvilla, así como se aprueba la relación individualizada de bienes y derechos afectados por dicho proyecto y la de propietarios, entre los que se encuentra la parte actora.

En efecto, la parte actora es titular de una de las parcelas afectada por el proyecto, la núm. NUM002 , en 64,13 m2. y viene a este sede jurisdiccional a discutir el trazado del acueducto en la medida que discurre por dicha parcela. Si bien la actora comparte la necesidad de realizar el acueducto para la recogida y evacuación de aguas, considera que el trazado elegido carece de racionalidad por cuanto su instalación presenta dos codos, postulando, para evitar posibles atascos y desbordamientos de aguas, un trazado alternativo en línea recta a través de una parcela colindante, la núm. NUM000 , hacia la núm. NUM001 que no tiene edificación alguna. Denuncia que la decisión adoptada por el Ayuntamiento demandado vulnera el principio de proporcionalidad y carece de toda justificación técnica, mientras que la que la actora propone afectaría una sola parcela en lugar de dos; supondrá una más adecuada evacuación de aguas que evita cambios de sentido; y mejor mantenimiento y menor costo de las obras.

SEGUNDO

En el acto que se impugna en el proceso concurren tanto elementos reglados como discrecionales, y es precisamente una de las decisiones discrecionales que contiene dicho acto la que se viene a cuestionar por el...

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