STSJ Comunidad Valenciana , 22 de Septiembre de 2005

PonenteERNESTO JAIME VIDAL GIL
ECLIES:TSJCV:2005:5706
Número de Recurso1181/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm: 1181/2002 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Segunda SENTENCIA. núm. 1033/2005 Ilmos. Sres.

Presidente D. Mariano Ferrando Marzal Magistrados D. Miguel Soler Margarit D. Ernesto J. Vidal Gil En la ciudad de Valencia, a veintidos de septiembre de dos mil cinco.

Visto por la sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso administrativo nº 1181 de 2002 promovido por la Mercantil VANDOWSKA S.L., representada por el Procurador Dª. PILAR IBÁÑEZ MARTÍ contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Vinarós de 14 de mayo de 2002 desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra los Acuerdos de 13 de noviembre y 3 de diciembre de 2001, habiendo sido parte en los Autos la Administración demandada representada por el Procurador D. JOSÉ A. ORTENBACH CEREZO y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Ernesto J. Vidal Gil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por Ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dictase Sentencia estimando el recurso interpuesto y las pretensiones en él deducidas.

SEGUNDO

Por la representación de la partes demandadas y codemandadas se contestó a la demanda mediante escritos en los que suplica se dicte Sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba se practicó la solicitada por las partes que resultó admitida y finalizado el trámite se les dió traslado para que formalizaran sus escritos de conclusiones, verificado lo cual quedaron los Autos pendientes de Deliberación y Fallo.

CUARTO

Se señaló para la Votación y Fallo del recurso el día doce de julio de dos mil cinco en cuya fecha, y sucesivas, tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso administrativo contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Vinarós de 14 de mayo de 2002 desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra los Acuerdos de 13 de noviembre y 3 de diciembre de 2001.

SEGUNDO

Constan como hechos acreditados en el expediente administrativo y en los Autos los siguientes:

  1. ) El día 5 de junio de 2001, (R.E. 11 de junio) Vandowska S.L., solicitó licencia de obras mayores para la construcción de un edificio (99 viviendas, bajos comerciales y aparcamiento para 90 plazas de vehículos) en una parcela de su propiedad en el Ayuntamiento de Vinarós, y adjuntó el correspondiente Estudio de Detalle, de acuerdo con las prescripciones del PGOU en y sus determinaciones prescritas en la Ley 6/1994 de 15 de noviembre Reguladora de la Actividad Urbanística (LRAU).

  2. ) Al tiempo de la solicitud estaba vigente el PGOU de Vinarós de 1988, que clasificaba el terreno como suelo Urbano, "residencial zona de expansión clave r", según el Informe emitido por el Ayuntamiento en 7 de diciembre de 2000 que se une como documento núm. 1.

  3. ) El 2 de julio de 2001 el Ayuntamiento notifica a la demandante la liquidación provisional de las obras para las que había solicitado licencia por importe de 16.360.013´- ptas, abonándose el día 20 de julio de 2001 la tasa correspondiente a la licencia de obras solicitada por importe de 2.337.144´- ptas como se acredita en los respectivos documentos unidos a los Autos.

  4. ) El día 3 de Agosto de 2001 los Servicios Técnicos Municipales informan que "el proyecto no cumple ni el Plan General de 1988, actualmente vigente, ni el Plan General de 2001 pendiente de aprobación definitiva. La ordenación propuesta incumple ambos planeamientos y sólo será vigente si se aprueba el Estudio de Detalle presentado junto al Proyecto" (dto. núm. 9 del expdte. advo.) Dicho Informe fue notificado mediante correo certificado con acuse de recibo el día 23 de octubre de 2001.

  5. ) Pasados tres meses desde la solicitud de obras mayores y de la presentación del Estudio de Detalle, (5 de junio de 2001), el día 4 de septiembre de 2001 Vandowska S.L., requiere al Ayuntamiento para que tramite y apruebe el Estudio de Detalle presentado para la posterior concesión de licencia de obras mayores solicitada, según consta en el documento núm. 2.

  6. ) A finales de septiembre de 2001 el Arquitecto Municipal comunica verbalmente sus observaciones al Estudio de Detalle, consistentes en la necesidad de ajustar el contenido del Estudio de Detalle a lo dispuesto en el PGOU de 1988 vigente, pues el Estudio de Detalle examinado proponía una solución técnicamente compatible con ambos PGOUs el de 1988 y el nuevo que se encontraba en fase de tramitación. De tal comunicación da fe en su Informe incorporado al pleno de la Corporación de 13 de noviembre de 2001 por el que se desestima el Estudio de Detalle presentado, (documento núm. 15, folio, 4º).

  7. ) El Informe del TAG del Ayuntamiento de 24 de septiembre de 2001 que se recoge en el Acuerdo del Pleno de 13 de noviembre de 2001 (documento núm 15, folios, 1º y 2º), señala que la documentación del el Estudio de Detalle presentado cumplía formalmente los requisitos legales y reglamentarios exigidos.

  8. ) El 16 de Octubre Vandowska S.L., presenta las subsanaciones requeridas ajustando el contenido del Estudio de Detalle al del PGOU de 1988.

  9. ) El día 25 de Octubre de 2001 el BOP publica la aprobación definitiva del nuevo PGOU de Vinarós, que entró en vigor trascurridos 15 días hábiles desde su publicación (art. 05.B del PGOU) de conformidad con lo dispuesto en el art. 70.2 en relación con el 65.2 de la Ley 7/85 de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local , esto es, el día 13 de noviembre y no el 14 como alega la Mercantil demandante.

  10. ) El día 31 de octubre de 2001 el Arquitecto Municipal informa que el Estudio de Detalle no cumple con las previsiones del nuevo planeamiento aprobado;

  11. ) En su Informe de 27 de noviembre, (documento núm. 12) dice que "el Proyecto presentado queda sin el soporte de un Estudio de Detalle que le de cobertura y dado que el mismo incumple las determinaciones establecidas en el Plan General 2001, es por lo que se Informa Desfavorablemente". De igual modo se manifiesta el informe del TAG de 27 de noviembre de 2001 que considera que el Proyecto de obras presentado queda sin cobertura legal tras la desestimación del Estudio de Detalle (documento núm.

    13 12º) Tras la emisión de los citados Informes el Pleno del Ayuntamiento de Vinarós de 3 de diciembre de 2001 acuerda denegar la licencia de obras mayores solicitada.

  12. ) En consecuencia, la Corporación en Pleno en sesión de 13 de noviembre de 2001 desestima el Estudio de Detalle y en sesión de 3 de diciembre de 2001 y deniega la licencia de obras solicitada al amparo del citado Estudio de Detalle. Contra dichos Acuerdos se Interpuso recurso de reposición cuya denegación por Acuerdo del Pleno de 14 de mayo de 2002, da lugar al presente recurso contencioso administrativo.

TERCERO

Procede con carácter previo pronunciarse sobre la excepción procesal de falta de capacidad mercantil de la demandante alegada por el Ayuntamiento, puesto que Vandowska...

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