STSJ Comunidad Valenciana , 27 de Septiembre de 2002

PonenteRAFAEL SALVADOR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:TSJCV:2002:9189
Número de Recurso1142/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilmos. Sres:

Presidente:

D. MARIANO FERRANDO MARZAL Magistrados:

D. FRANCISCO HERVAS VERCHER D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA SENTENCIA NUMERO 1134/02 En la Ciudad de Valencia, a veintisiete de Septiembre de dos mil dos.- VISTO, por la Sección Segunda de este Tribunal, el presente Recurso Contencioso-Administrativo num. 1142/99, promovido por Dª. Celestina , contra la Resolución de 26/Enero/99 del ISFAS, confirmada por la de 25/Mayo/99 del Ministro de Defensa, sobre denegación del reintegro de gastos de asistencia sanitaria en centro no concertado, en el que han sido partes, la actora, representada por el Procurador de los Tribunales D. Sergio Llopis Aznar y defendida por el Letrado D. Jorge Ortin Jover, y como demandada, la ADMINISTRACION DEL ESTADO, a través del Sr. Abogado del Estado, ha pronunciado la presente Sentencia.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el Recurso y seguidos los trámites previstos en la Ley, se emplazó a la parte demandante al objeto de que formalizara su escrito de demanda, lo que verificó en tiempo y forma, solicitando se dictara Sentencia anulando por no ser ajustado a derecho el acto recurrido.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que se solicitó la desestimación del recurso y la confirmación íntegra de las resoluciones objeto del mismo, por estimarlas ajustadas a derecho.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida, y cumplido dicho trámite se dió traslado a éstas para que formalizaran sus escritos de conclusiones, verificado lo cual quedaron los autos pendientes de deliberación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del presente Recurso el día veintiséis de los corrientes.

QUINTO

,- En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Constituye objeto de revisión jurisdiccional la resolución del Ministerio de Defensa que deniega a la recurrente, viuda de D. Juan Alberto , titular del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) el reintegro de los gastos reclamados de asistencia sanitaria, prestada en Centro no concertado.

Consta acreditado en autos que el Sr. Juan Alberto , estuvo ingresado en el Servicio de Urología del Hospital Militar de Valencia, desde el 16 al 26/Noviembre/97, practicándosele una "Adenomectomía transvesical". Días después presentó un cuadro de desorientación, alteraciones en la marcha y descenso del nivel de conciencia, que se agudizó el 30/Noviembre, siendo ingresado en el Hospital Nueve de Octubre, donde quedó ingresado diagnosticado de hidrocefalia. Debe señalarse que el citado Sr. Juan Alberto , en 1995 había realizado un parte de variación, en cuya virtud Adeslas asumía la asistencia ambulatoria general y el servicio de urgencias, siendo este último atendido a través de los Hospitales Nueve de Octubre y Clínica del Consuelo. El 3/Diciembre se realiza la intervención quirúrgica, presentándose diversa:, complicaciones en el postoperatorio, tales como "hemorragia digestiva" y "neumonía", que tuvieron que ser atendidas; finalmente se le dió el alta del 28/Diciembre, falleciendo poco después de la misma.

SEGUNDO

Según consta en el informe del Hospital Militar que obra a los fols. 7 y 8 del expediente administrativo, habiéndose...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR