STSJ Comunidad Valenciana , 16 de Julio de 2003

PonenteMARIANO MIGUEL FERRANDO MARZAL
ECLIES:TSJCV:2003:6148
Número de Recurso300/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de apelación número 300/2002 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante Recurso Contencioso-Administrativo número 199/2.001 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia número 1082/2.003 Ilmos. Sres.

Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don Miguel Soler Margarit Doña Amalia Basanta Rodríguez En la Ciudad de Valencia, a dieciséis de julio de dos mil tres.

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 300/2.002, interpuesto contra la Sentencia número 70/2.002 dictada, con fecha 3 de mayo de 2.002, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante en el recurso contencioso-administrativo número 199/2.001.

Han sido partes en el recurso: a) Como apelante Don Benjamín ; y b) Como apeladas la Administración de la Generalidad Valenciana y Don Ángel Daniel ; y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Mariano Ferrando Marzal.

Antecedentes de hecho

Primero

Con fecha 3 de mayo de 2.002 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante dictó la Sentencia número 70/2.002 en el recurso contencioso-administrativo número 199/2.001 cuyo fallo, literalmente transcrito, dice: "Fallo. 1. Desestimar el recurso contencioso- administrativo interpuesto por Don Benjamín contra Resolución del Tribunal de Selección de la convocatoria 3/99 con respecto a la pretendida estimación por silencio administrativo de la reclamación que el actor presentó en relación con las pruebas selectivas para acceso al Grupo "C" de Administración General, por el sistema de promoción interna; y 2) No hacer expresa imposición de costas".

Segundo

Don Benjamín presentó con fecha 30 de mayo de 2.002 escrito por el que interponía recurso de apelación contra la citada sentencia y en el que terminaba suplicando que se revocase la misma y se estimase la demanda.

Tercero

El Juzgado dictó providencia por la que se admitía el recurso y se daba traslado del mismo a las partes apeladas para que, en el plazo de quince días, pudiera formalizar su oposición, habiéndolo hecho por escritos en los que, tras efectuar las alegaciones que estimaron pertinentes, suplicaban que se dictase sentencia desestimando el recurso de apelación.

Cuarto

Con fecha 15 de julio de 2.002 el Juzgado acordó la remisión a este Tribunal de los autos, expediente administrativo y escritos presentados; y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo de apelación, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 25 de marzo de 2.003, en el que ha tenido lugar.

Quinto

En la sustanciación de este proceso se han observado en ambas instancias las prescripciones legales.

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