STSJ Comunidad Valenciana , 27 de Junio de 2003

PonenteJESUS SANCHEZ ANDRADA
ECLIES:TSJCV:2003:5623
Número de Recurso523/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Social

3 Recurso nº. 523/03 Recurso contra Sentencia núm. 523/03 Ilmo. Sr. D. Francisco José Perez Navarro Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier LLuch Corell Ilmo. Sr. D. Jesus Sanchez Andrada En Valencia, veintisiete de junio de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2759/2003 En el Recurso de Suplicación núm. 523/03, interpuesto contra la sentencia de fecha 15 de noviembre de 2002, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 15 de Valencia, en los autos núm. 531/02, seguidos sobre cantidad, a instancia de Consuelo , asistida por el letrado Victoria Barrandela Aucejo, contra Conselleria de Cultura, educación y ciencia, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Jesus Sanchez Andrada

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 15 de noviembre de 2002, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

" Que desestimando la demanda interpuesta por Doña Consuelo , debo absolver y absuelvo de las pretensiones contenidas en la misma a la empresa CONSELLERIA DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA GENERALITAT VALENCIANA."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Que la demandante, Doña Consuelo , viene prestando sus servicios por cuenta de la empresa demandada CONSELLERIA DE CULTURA Y EDUCACION DE LA GENERALITAT VALENCIANA, desde el 1 de septiembre de 1998, como profesora de religión y moral católica, en el centro público dependiente de la misma, Nuestra Señora del Carmen de Valencia, con jornada de 23 horas semanales y con remuneración mensual en el curso académico 2.00/2.001 de 197.455,00 pts, a razón de 8.585,00 pts, por hora, distribuidas en 4.894,00 Pts, en concepto de salario base y 3.691,00 pts hora por complementos.

SEGUNDO

Que, durante año 2.001, la demandante ha percibido las retribuciones que seguidamente se especifican, que , comparadas con las devengadas con un profesor interino de colegio público de idéntico nivel académico, que también se consignan, generan las diferencias comparativas que se especifican:

CONCEPTO Año 2.001

Paga Navidad 2001 Paga verano 2.001 RETRIBUCION INTERINO 2.425.960,00 ptas 128.377,00 pts 64.188,00 pts. RETRIBUCION ACTORA 1.974.550,00 pts 112.562,00 pts 56.281,00 pts DIFERENCIA 451.410,00 pts 15.815,00 pts 7.907,00 pts...

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