STSJ Castilla y León 1568, 21 de Marzo de 2006
Ponente | EMILIO ALVAREZ ANLLO |
ECLI | ES:TSJCL:2006:1568 |
Número de Recurso | 348/2006 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 1568 |
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 00348/2006 Rec. Núm.348/2006 Ilmos. Sres.:
Dª. Mª Luisa Segoviano Astaburuaga Presidente D. Emilio Alvarez Anllo D. Rafael López Parada En Valladolid, a veintiuno de marzo de dos mil seis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente, SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 348/2006, interpuesto por Dª Irene contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de León de fecha 15 de Noviembre de 2005, (Autos nº 576/2005), dictada a virtud de demanda promovida por mencionada recurrente contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la FRATERNIDAD-MUPRESPA, MATEPSS Nº 275; sobre INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DE ENFERMEDAD COMÚN.
Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Alvarez Anllo.
Con fecha 16 de Agosto de 2005, se presentó en el Juzgado de lo Social de León, demanda formulada por la parte actora, en la que se solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia que desestimaba referida demanda.
En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:"
La demandante, DOÑA Irene , nacida el día 18 de octubre de 1956 figura afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el n° 24/597807, siendo su profesión habitual la de oficial de pastelería.-
El día 27 de agosto de 2004 la actora solicitó del Instituto Nacional de la Seguridad Socia! la prestación de invalidez permanente.
Tramitado el expediente administrativo, que obra en autos y se da aquí por reproducido en su integridad, la Entidad Gestora dictó resolución el día 18 de abril de 2005 denegándole la prestación solicitada; contra esta resolución formuló la demandante reclamación previa, la cual resultó desestimada por otra fechada el día 28 de junio siguiente.- TERCERO.- La demandante fue intervenida en 2004 mediante artroscopia por meniscopatía y condropatía grado II-III en la rodilla izquierda, la cual actualmente está inestable con flexión de 100% y marcha levemente claudicante; también padece la demandante un síndrome ansioso depresivo reactivo.- CUARTO.- La base reguladora de la prestación asciende a la cantidad de 429'85 mensuales para la incapacidad permanente total y a 11'20 diarios para la incapacidad permanente parcial.- QUINTO.- La demandante se halla en lista de espera quirúrgica en el Servicio de...
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