STSJ Comunidad Valenciana , 23 de Enero de 2004

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2004:221
Número de Recurso2928/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución23 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Social

Recurso C/ Sentencia nº 2928/2003 Recurso contra Sentencia núm. 2928/2003 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Ilam. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz En Valencia, a veintitres de enero de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 0137/2004 En el Recurso de Suplicación núm. 2928/2003, interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de abril de 2003, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 15 de Valencia, en los autos núm. 1252/2002, seguidos sobre Reclamación derecho, a instancia de Susana , contra CONSELLERIA DE SANIDAD Y CONSUMO DE LA GENERALITAT VALENCIANA, y en los que es recurrente el demandado, habiendo actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 17 de abril de 2003, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que, estimando la demanda interpuesta por Doña Susana , debo declarar y declaro el derecho de la demandante a ser nombrada interina en plaza vacante, hasta que la plaza desempeñada, se cubra por el procedimiento reglamentario o se amortice, condenando a la CONSELLERIA DE SANIDAD Y CONSUMO DE LA GENERALITAT VALENCIANA a estar y pasar por dicha declaración y sus legales consecuencia".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Que la demandante, Doña Susana viene prestando sus servicios por cuenta de la CONSELLERIA DE SANIDAD Y CONSUMO DE LA GENERALITAT VALENCIANA, desde el 11 de octubre de 2.001, como auxiliar administrativo, en el servicio de admisión y documentación del Hospital Doctor Moliner de Valencia. SEGUNDO.- Que, la relación entre las partes, que se ha sucedido sin solución de continuidad y que se mantiene, al menos, hasta la fecha del juicio, se ha articulado mediando la suscripción de diversos contratos por acumulación de tareas, que en ellos se describen como "Acúmulo coyuntural de tareas sobre el personal de plantilla" y que han abarcado los periodos temporales que, respectivamente, se describen:

CONTRATOPERIODO TEMPORAL QUE ABARCA Primer contratoDel 1-10-01 a 10-04-02

Segundo contrato11-04-02 al 10-10-02 Tercer contrato11-10-02 al 10-04-03 Cuarto contrato11-04-03 al 10-10-03 (actualmente en vigor)

TERCERO

Que, según informe emitido por la Directora Económica del Hospital donde presta servicios la demandante "La presión asistencial que se viene produciendo en los últimos años como consecuencia de que el Hospital funcional en niveles de ocupación cercanos al 100%, ha supuesto un incremento notable en las cargas de trabajo en los servicios asistenciales y de apoyo como es la UDCA (Unidad de Documentación Clínica Admisión) que unido a la insuficiencia de personal de plantilla, ha motivado la reiteración de dichos nombramientos para hacer frente a este aumento de la actividad".

CUARTO

Que la actora ha agotado, sin éxito, la vía administrativa previa de reclmación".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada.

Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Por la representación letrada de la Administración autonómica demandada - Conselleria de Sanidad-, se interpone recurso de suplicación frente a la sentencia estimatoria de la pretensión, declarando el derecho de la demandante a ser nombrada interina en plaza vacante, hasta que la plaza...

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