STSJ Cataluña , 21 de Noviembre de 2002
Ponente | FRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ |
ECLI | ES:TSJCAT:2002:13512 |
Número de Recurso | 3260/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso número 3.260 de 1.998 Partes: "Gomar y Cía, SL" contra el Ayuntamiento de l'Hospitalet de Llobregat SENTENCIA N° 1.039 Ilmos. Sres.
Presidente Manuel Quiroga Vázquez Magistrados Francisco López Vázquez Luis María Díaz Valcárcel En la ciudad de Barcelona, a veintiuno de noviembre de dos mil dos. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y fallo, ha visto, en el nombre de Su Majestad el Rey, el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma con el número de referencia, promovido a instancia de "Gomar y Cía, SL", representada y defendida por la Letrado Sra. Vives Puig, contra el Ayuntamiento de l'Hospitalet de Llobregat, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Martínez Sánchez y defendido por la Letrado Sra. Vila Requesens, en relación con actividades, siendo la cuantía del recurso indeterminada, y atendiendo a los siguientes
Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, publicándose el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y, recibido el expediente administrativo, le fue entregado para que dedujese escrito de demanda, donde, tras consignar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimatoria de las pretensiones en ella deducidas.
Conferido traslado a la parte demandada, contestó la demanda, consignando los hechos y fundamentos de derecho que entendió aplicables, solicitando la desestimación de las pretensiones de la parte actora.
Recibidos los autos a prueba, fueron practicadas las consideradas pertinentes de entre las propuestas, con el resultado que es de ver en autos, continuando el proceso sus trámites, hasta finalizar con el de conclusiones, donde las partes presentaron sucintas alegaciones en defensa de sus pretensiones respectivas, quedando el pleito concluso para sentencia y señalándose finalmente el momento de la votación y fallo, que ha tenido lugar el día 11 de noviembre de 2.002.
Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del Tribunal.
El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la impugnación del Decreto de la Sra. Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de l'Hospitalet de Llobregat número 6.957/1.998, de 22 de octubre, requiriendo a la actora para la suspensión inmediata, durante el horario nocturno, de la actividad de industria de tintes y aprestos desarrollada en la Avda. Pau Casals, 6.
Se solicita en la demanda la declaración de nulidad de tal resolución o, subsidiariamente, el reconocimiento del derecho de la actora a la indemnización establecida en la disposición transitoria segunda del Reglamento de Actividades Molestas.
Secundo. Cabe advertir en primer lugar que la industria de que se trata cuenta con licencia de actividad regularmente otorgada en su momento, cuestión no discutida, además de constatarse así en varios informes municipales obrantes en el expediente y certificarse incluso por el propio Ayuntamiento demandado, hasta el punto de haberse autorizado con posterioridad al otorgamiento de la inicial licencia diversas ampliaciones o adaptaciones de su maquinaria, con nueva imposición de medidas correctoras, cuya adopción fue debidamente...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba