STSJ Aragón , 29 de Junio de 2005

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2005:1588
Número de Recurso509/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Social

11 Rollo número: 509/2005 Sentencia número: 590/2005 P MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a veintinueve de junio de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el recurso de suplicación núm. 509 de 2.005 (Autos núm. 152/2.005), interpuesto por la parte demandante D. Juan Manuel , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha 29 de marzo de 2.005 ; siendo demandados TRANSFORMACIÓN AGRARIA SA, SODEMASA y DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, sobre Despido. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Juan Manuel , contra Transformación Agraria, SA y Otros, ya nombrados, sobre despido, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha 29 de marzo de 2005 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que desestimando la demanda interpuesta por D. Juan Manuel , frente a las empresas Transformación Agraria, S.A. y Sodemasa, y la Diputación General de Aragón, sobre despido, debo declarar y declaro la inexistencia del despido y debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos contenidos en la demanda".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"1.- D. Juan Manuel , ha prestado servicios en calidad de peón, por cuenta y orden de la empresa Transformación Agraria, S.A.-TRAGSA- con un salario diario de 40, 73 .

2a) Inicio la relación laboral en virtud de un contrato otorgado el 20 de junio de 2000, con el objeto de trabajos propios de su especialidad y categoría, dentro de la unidad de obra Apertura Fajas Aux. Hoya de Huesca, expte. H-02080; conservación cubierta vegetal Sierra Guara, expte. H-91989; corta sanitaria Monte 1103, "Pardina Zamora", expte. H-02098; mejoría cubierta vegetal M. Gabardiella y Aguila, expte. H-02099, y mejoría cubierta vegetal Montenillos, expte. H-02100, anualidad 2000, finalizando el 10 de octubre del mismo año por conclusión de los trabajos.

2b) Otro contrato otorgado el 16 de noviembre de 2000, con el objeto de la realización de tratamientos selvícolas para mantenimiento y restauración de equilibrios biológicos en los ecosistemas forestales en esta Provincia, anualidad 2000, y que concluyó el 15 de diciembre de 2000 por terminación de los trabajos.

2c) Otro contrato otorgado el 8 de enero de 2001, con el objeto de tratamientos selvícolas para mantenimiento y restauración de equilibrios biológicos en los ecosistemas forestales en esta Provincia, anualidad 2001, y que concluyó el 31 de enero siguiente por finalización de los trabajos.

2d) Otro contrato otorgado el 9 de enero de 2002, con el objeto de tratamientos selvícolas para mantenimiento y restauración de equilibrios biológicos en los ecosistemas forestales en esta Provincia, anualidad 2002, y que concluyó el 15 de marzo de 2002 por finalización de trabajos.

2e) Otro contrato otorgado el 11 de febrero de 2003, con el mismo objeto que los anteriores, y que concluyó el 30 de mayo de 2003 por finalización de los trabajos.

2f) Otro contrato otorgado el 3 de noviembre de 2003, con el mismo objeto y que concluyó el 19 de diciembre siguiente por finalización de los trabajos.

2g) Otro otorgado el 26 de enero de 2004 con el mismo objeto, para la anualidad 2004, y que concluyó el 26 de marzo siguiente por finalización de los trabajos, y en relación consta la existencia de un documento de 11 de marzo de 2004 en el que se comunica que el próximo día 26 causará baja en la empresa por finalización de los trabajos.

2h) Por último, otro contrato otorgado el 29 de marzo de 2004, con el objeto de tratamientos selvícolas y protección contra agentes nocivos en los ecosistemas forestales de Huesca, expte. H- 40.001, anualidad 2004 y en relación con el mismo el 28 de octubre se le entregó una carta en la que se le notifica que el próximo día 12 de noviembre de 2004, causará baja en la empresa por finalización de los trabajos de su categoría y especialidad percibiendo la indemnización por fin de contrato la suma de 178,51 .

  1. - Durante el período comprendido entre los años 1999 a 2003 la Diputación General de Aragón, a través de su Servicio Provincial de Agricultura y Medio Ambiente, se encargó directamente de la campaña de prevención y lucha contra los incendios forestales, por lo que con el actor otorgó los siguientes contratos:

    1. El primero otorgado el 8 de junio de 1999, de duración determinada con el objeto de realizar trabajos de vigilancia, prevención y extinción de incendios forestales en base al carácter viable de las planificaciones anuales y en función de las características de diversa índole que concurren en la organización de la actividad con base en Boltaña; en escrito de 23 de julio de 1999, se le notificó que el contrato concluía el 12 de octubre de 1999.

    2. Otro contrato otorgado el 12 de junio de 2000, con el objeto de realizar tareas de vigilancia y extinción de incendios forestales en base al carácter variable de las planificaciones anuales, con base en Ayerbe; en escrito de 11 de septiembre de 2000 se le notificó la finalización del contrato el día 30 de septiembre siguiente.

    3. Otro contrato otorgado el 16 de abril de 2001, con el objeto de la realización de tratamientos sanitarios expte. H-12.228 y que concluyó el 5 de octubre del mismo año por finalización de los trabajos.

    4. Otro contrato otorgado el 2 de abril de 2002, con el objeto de la realización de la lucha contra incendios y agentes nocivos, expte. H-22327, y que concluyó el 22 de diciembre de 2002, por finalización de los trabajos.

    5. Por último, el 24 de junio de 2003, otro contrato para la lucha contra incendios y agentes nocivos, expte. H-32451, y que concluyó el 24 de junio del mismo año por finalización de los trabajos.

  2. - La empresa Transformación Agraria, S.A. es una Sociedad Estatal constituida por el Real Decreto 379/1977, modificado por el Real Decreto 1422/86 y cuyo régimen jurídico se regula en la Ley 66/97 y en el Real Decreto 371/99 de 5 de marzo ; los servicios prestados por TRAGSA lo son en base a la Orden de 19-1997 del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales y sus trabajos eran como consecuencia de los encargos que realizaba la Diputación General de Aragón a la referida empresa, en virtud de las correspondientes propuestas de trabajos para el mantenimiento y la restauración de los equilibrios biológicos en los ecosistemas forestales de la Provincia de Huesca que efectúa la Diputación General de Aragón con la correspondiente asignación presupuestaria para su realización.

  3. - La empresa Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S.A., -SODEMASA- es una empresa pública creada por el Gobierno de Aragón por Decreto 237/03 de 2 de septiembre , y su objeto social es, entre otros, la prevención y lucha contra incendios forestales.

  4. - En resolución de 17 de febrero de 2005, la Secretaría General Técnica del Departamento de Medio Ambiente de la Diputación General de Aragón, resuelve aprobar el expediente administrativo sobre el mantenimiento y gestión de equilibrios biológicos en Huesca del año 2005, y disponer la apertura del procedimiento para su ejecución mediante el encargo a la empresa Sodemasa de conformidad con el Decreto 237/03 y aprobar el gasto de ejecución por importe de 185.000,00 .

  5. - La mencionada empresa publicó en los diarios Heraldo de Aragón, Diario de Teruel y Diario del Alto Aragón, anuncio para solicitud de trabajadores, peones ordinarios y especialistas, pruebas selectivas a las que el actor se presentó, pero no supero, por lo que no fue contratado.

  6. - Acto de conciliación sin avenencia, habiendo presentado la papeleta de reclamación por despido contra ambas empresas el 11 de febrero de 2005, y el 8 de febrero de 2005 la reclamación previa ante la Diputación General de Aragón".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por las partes demandadas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia, desestimatoria de la demanda...

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