STSJ Navarra , 13 de Marzo de 2000

PonenteIÑIGO BARBERENA BELZUNCE
ECLIES:TSJNA:2000:408
Número de Recurso1051/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

Iltmos. Sres.:

Presidente, D. ANTONIO RUBIO PEREZ Magistrados, D. FCO JAVIER PUEYO CALLEJA D. IÑIGO BARBERENA BELZUNCE En Pamplona, a trece de marzo de dos mil. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 1051/97, promovido contra la liquidación provisional del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras practicada por el Ayuntamiento del Valle de Yerri con fecha 24 de marzo de 1997 como consecuencia de las obras de ampliación de la Subestación Transformadora de Reparto de Lorca (expediente nº 29/96), siendo en ello partes: como recurrente IBERDROLA, S.A., representada por el Procurador Sr. Del Olmo y dirigida por el Letrado Sr. Gironés Ursúa, y como demandada el AYUNTAMIENTO DEL VALLE DE YERRI, representado y dirigido por el Letrado Sr. San Martín Sánchez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso contencioso-administrativo y seguidos los trámites previstos en la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito de fecha 7-9-98 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estima de aplicación, concluye suplicando se dicte sentencia estimatoria de sus pretensiones.

SEGUNDO

El Letrado de la parte demandada contestó a la demanda suplicando se dicte sentencia desestimatoria por la que se confirme el acto administrativo impugnado.

TERCERO

Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiese, así se verificó, como obra en autos, teniendo lugar el día 7-3- 2000.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. IÑIGO BARBERENA BELZUNCE, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos que constan probados en estos autos y que son relevantes para el enjuiciamiento de la presente litis son los siguientes:

  1. - Con fecha 17-4-96 la mercantil aquí recurrente solicitó licencia de obra para la ampliación de la Subestación Transformadora de Reparto de Lorca, acompañando a tal fin el correspondiente Proyecto de Obra Civil debidamente visado por el Colegio de Ingenieros Industriales, y cuyo presupuesto asciende a 3.359.600 pesetas.

    Dicho proyecto de ampliación fue autorizado por Resolución nº 1859/96, de 15 de julio, del Director General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.

  2. - Con el fin de tramitar la licencia de obra, con fecha 25-9-96 el Alcalde del Ayuntamiento del Valle de Yerri requirió a la entidad actora para que aportase Proyecto técnico donde se describiesen suficientemente el total de las obras e instalaciones para las que se solicitaba la referida licencia. Dicho requerimiento fue nuevamente reiterado con fecha 14-2-97.

  3. - El día 5-3-97 la recurrente remitió al Ayuntamiento el citado Proyecto técnico, cuyo presupuesto asciende a 33.220.000 pesetas. Con esa misma fecha el Ayuntamiento remitió la documentación aportada por la actora a los Servicios Urbanísticos de Tierra Estella, a fin de que por el Arquitecto se emitiera informe en relación con la licencia y con el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (en los sucesivo, ICIO), como así hizo, al igual que lo hiciera también el Secretario del Ayuntamiento.

  4. - Con fecha 24-3-97 el Ayuntamiento practicó liquidación provisional del ICIO sobre una base imponible de 36.579.600 pesetas, arrojando una deuda tributaria de 731.592 pesetas que la actora abonó, mediante transferencia bancaria, el día 21-4-97.

SEGUNDO

Para mayor claridad conviene precisar que de acuerdo con el expediente remitido el proyecto de obra civil consiste en:

- el acondicionamiento del terreno ampliado - el cierre de la instalación del terreno con una valla metálica - la construcción de las cimentaciones y de una caseta de control - el cubrimiento de la zona con una capa de grava de 15 cm El coste presupuestado de esta obra es de 3.359.600 pesetas.

Por el contrario, el...

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