STSJ Comunidad de Madrid 236/2006, 24 de Octubre de 2006

PonenteJOSE LUIS LOPEZ-MUÑIZ GOÑI
ECLIES:TSJM:2006:11194
Número de Recurso1661/2002
Número de Resolución236/2006
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

JOSE LUIS LOPEZ-MUÑIZ GOÑI BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT JOSE RAMON GIMENEZ CABEZON

T.S.J. MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 10236/2006

RECURRENTE: Don Alfredo

PROCURADOR: Doña Mariluz Simarro Valverde

DEMANDADO Comunidad Autónoma de Madrid

SOBRE: Sanción vertidos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN NOVENA

GRUPO DE APOYO

RECURSO Nº 1661/2002 SECCIÓN NOVENA

S E N T E N C I A Nº 236

ILMOS. SRES.:/

MAGISTRADOS/

Dº. JOSE LUIS LOPEZ MUÑIZ GOÑI/

Dª BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT/

Dº JOSE RAMON GIMENEZ CABEZON/

En la Villa de Madrid veinticuatro de octubre de dos mil seis.

Visto el presente recurso contencioso- administrativo número 1661/2002 cuyo conocimiento ha correspondido a esta Sección Novena de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, e interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Mariluz Simarro Valverde en representación de don Alfredo contra la Orden de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid de fecha 9 de julio de 2002, por la cual se sanciona al hoy recurrente como autor responsable de una infracción administrativa de vertido de residuos no peligrosos prevista en el artículo 34.3.b) de la Ley 10/1998, imponiéndole una sanción de 24.040 € por el vertido incontrolado de residuos no peligrosos, a la retirada de los residuos a un lugar habilitado para ello, disponiendo del plazo de un mes; se ha personado la Comunidad de Madrid representada y defendida por los servicios jurídicos de la misma concretada en el Letrado don Francisco Javier Izquierdo Fabre. Ha sido ponente el señor don JOSE LUIS LOPEZ MUÑIZ GOÑI.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites previstos en la ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, dándose cumplimiento a este trámite dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia por la que se deje sin efecto la Orden del Consejero de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid que da lugar al presente recurso.

SEGUNDO

El Letrado de la Comunidad de Madrid, contesta a la demanda, suplicando, se dicte sentencia confirmatoria de las resoluciones impugnadas por considerarlas ajustadas al ordenamiento jurídico.

TERCERO

Quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

En este estado se señala para votación y fallo el día 19 de octubre de 2006, lo que tuvo lugar. En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales

QUINTO

El orden de despacho y decisión de este proceso resulta de dar cumplimiento al acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 15 de noviembre de 2005, que confirió comisión de servicios, sin relevación de funciones, en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los Magistrados que se citan en el encabezamiento de esta Sentencia, destinados en la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución impugnada es la referenciada en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO El expediente sancionatorio del que trae causa la resolución hoy impugnada, se inicia en virtud de denuncia formulada por agente forestal en fecha 30 de abril de 2001 en la que se hace constar que en la Finca El Castillo, termino municipal de Villanueva de la Cañada, polígono 8 parcela 4.a se ha observado la existencia de tres puntos de vertidos de 30m3 de escombros, 40m3 de tierras y 140 m3 de restos vegetales. Un almacenamiento de 50m3 y un tercer deposito de escombros de 140m3, 170 m3 de tierras vegetales.

Como denunciado aparece don Alfredo como representante de la propiedad de la finca..

TERCERO En fecha 14 de marzo de 2002 se formula otra denuncia contra el mismo señor, cuyos hechos son los siguientes: vertido de 140 m3 de materiales.

CUARTO De lo...

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