STSJ Extremadura , 23 de Mayo de 2000

PonenteALICIA CANO MURILLO
ECLIES:TSJEXT:2000:1142
Número de Recurso268/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Social

Recurso n° 268/2000 .I. Iltmo. Sr. D. Pedro Bravo Gutiérrez Presidente Iltma. Sra Dña. Alicia Cano Murillo Iltmo. Sr. D. Alfredo García Tenorio Bejarano, En la Ciudad de Cáceres a veintitres de mayo del dos mil La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, ha dictado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA N° 332 En el Recurso de suplicación n° 268/2000, interpuesto por el Letrado D. José Benitez- Donoso Lozano, en representación de D. Jose Francisco , contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social número tres de los de Badajoz, con fecha dieciocho de enero del dos mil , en autos seguidos a instancia del mismo, contra las empresas HERMANOS BELMONTE e HIJOS, S.A, representado por D. José Antonio González Corbacho y BINGOS MÉRIDA, S.A, asistido por el Letrado D. Miguel María Gallardo Vázquez, sobre DESPIDO, ha actuado como Ponente la Iltma. Sra. Dña. Alicia Cano Murillo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 27 de Diciembre de 1.999, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social de referencia demanda suscrita por el actor, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como hechos probados se declaraban los siguientes: "PRIMERO:

El actor don Jose Francisco ha venido prestando servicios para la empresa "Hermanos Belmonte e Hijos, S.A." desde el 9 de diciembre de 1.997, con la categoría profesional de locutor-vendedor y un salario, por todos los conceptos de ciento diecisiete mil novecientas cuatro pesetas.- SEGUNDO: El 1 de octubre de 1.999, "Bingos Mérida, S.a." se sobrogó en el contrato de trabajo sucediendo a "Hermanos Belmonte e Hijos, S.A.", sociedad ésta con la que comparte domicilio social.- TERCERO: El 9 de noviembre de 1.999 "Bingos Mérida, S.A.", comunicó al actor que el contrato finalizaría, como de hecho ocurrió, el 8 de diciembre de 1.999.- CUARTO: El actor, nacido el 18 de marzo de 1.977, tenía suscrito un contrato de formación como locutor-vendedor, de una duración inicial de un año y luego prorrogado por otro más.- QUINTO: El actor, que no ostenta ni ha ostentado la condición de representante laboral, presentó papeleta de conciliación contra los "Hermanos Belmonte e Hijos, S.A." el 16 de diciembre de 1.999. El correspondiente acto se celebró el 23 de diciembre y la demanda se presentó ese mismo día. Demanda que fue ampliada el 11 de enero de 2000 contra "Bingos Mérida, S.A.". El día antes se promovió ante la Unidad de...

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