STSJ Andalucía , 30 de Diciembre de 2002

PonenteFEDERICO LAZARO GUIL
ECLIES:TSJAND:2002:18216
Número de Recurso1492/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DE GRANADA SECCIÓN SEGUNDA RECURSO NÚM: 1492/1997 SENTENCIA NÚM. 2.099 DE 2002 Ilmo. Sr. Presidente:

D. José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados D. Federico Lazaro Guil D. Rafael Toledano Cantero

En la ciudad de Granada, a treinta de diciembre de dos mil dos. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1492/97 seguido a instancia de D. Ignacio , que comparece representado por la Procuradora Sra. Echeverría Gimenez, siendo parte demandada el Ayuntamiento de Guadix, representado por la Procuradora Sra. de Gracia Zorrilla y asistido de Letrado. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo frente a la actuación administrativa que se detalla en el primer fundamento jurídico de esta resolución, se admitió a trámite y se acordó reclamar el expedien-te administrativo, siendo remitido por la Administración demandada. SEGUNDO.- En su escrito de demanda, la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anulando dicha actuación administrativa impugnada. TERCERO.- En su escrito de contestación a la demanda, la Administra- ción demandada se opuso a las pretensiones de la parte actora, y, tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó la desestimación del recurso. CUARTO.- Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta. QUINTO.- Declarado concluso el período de prueba , al no estimar-se necesario por la Sala la celebración de vista pública, se acordó dar traslado a las partes para conclu-siones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en el que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación . SEXTO.- Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripcio-nes legales en la tramitación del mismo y actuando como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Federico Lazaro Guil.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso lo constituye la impugnación del acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Guadix, de fecha 6 de febrero de 1997, denegatorio de la solicitud de legalización de las obras ejecutadas en la vivienda unifamiliar sita en el nº NUM000 de la BARRIADA000 de las Angustias de la Estación de Guadix, por no ajustarse a las determinaciones de la Ordenanza de Cuevas del PGOU. La base argumental del recurso radica, en síntesis, en la estimación de que el acto impugnado es nulo de pleno derecho porque no procedía denegar la solicitada legalización de las obras...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 1 de Julio de 2004
    • España
    • 1 Julio 2004
    ...de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el recurso nº 1492/97, sobre legalización de Por providencia de 28 de febrero de 2003 se acordó conceder al recurrente el plazo de diez días para que formulara alegacio......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR