STSJ Aragón , 31 de Enero de 2001

PonenteJAIME SERVERA GARCIAS
ECLIES:TSJAR:2001:263
Número de Recurso965/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Recurso N° 965 del año 1997 SENTENCIA N° 93 DE 2001 En Zaragoza, a treinta y uno de enero de dos mil uno. En nombre de S.M. el Rey. Visto por el Ilmo. Sr. Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de justicia de Aragón, D. Jaime Servera Garcias, el recurso número 965 de 1997, seguido entre partes, corno demandante, Dña. Marí Juana , representada por el Procurador D. Marcial José Bibián Fierro y defendida por el Letrado, D. Hipólito Gómez de las Roces; como demandada la Diputación General de Aragón, asistida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Son objeto de impugnación la resolución de la Dirección General de Tributos y Política Financiera, de la Diputación General de Aragón, de 2- 7- 97, desestimatoria de la solicitud de indemnización por gastos de constitución de aval para la suspensión de liquidaciones por el Impuesto sobre el Patrimonio; y la resolución del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento, de 4- 9 - 97, desestimando el recurso ordinario contra la anterior. Procedimiento: Ordinario Cuantía: 24.651 pesetas

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado con fecha, 26 de septiembre de 1997, la parte actora dedujo el presente recurso contencioso-administrativo contra la indicada resolución.

SEGUNDO

Previa la interposición del recurso, publicación de su incoación y aportación del expediente administrativo, la parte actora formuló demanda en súplica de que se dicte sentencia que anule las resoluciones impugnadas y reconozca el derecho a que la Administración demandada le indemnice por los gastos que se concretan en un total de 24.651 pesetas, producidos por la constitución de aval ante el Tribunal Económico - Administrativo de Aragón para suspender la ejecución de la liquidación tributaria posteriormente anulada a que se refiere este recurso, y la condena a dicha demandada al pago de las costas causadas.

TERCERO

La Administración demandada, en su contestación a la demanda, suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba, las partes evacuaron el traslado para conclusiones sucintas por escrito, quedando el recurso pendiente de señalamiento, y por providencia de fecha 18 de diciembre pasado, se acordó constituirse la Sala exclusivamente con el Magistrado Ponente para conocimiento y resolución del mismo y, una vez firme la misma, se trajeron los autos a la vista para sentencia, con citación de las partes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso- administrativo, determinar si son o no conformes al Ordenamiento jurídico las resoluciones indicadas en el encabezamiento de esta sentencia, por las que se desestimó en instancia y vía de recurso ordinario la solicitud del demandante ante la Dirección General de Tributos y Política Financiera de la Diputación General de Aragón, interesando el abono de la suma de 24.651 pesetas, en concepto de indemnización por los gastos derivados de la constitución de aval bancario ante el Tribunal Económico - Administrativo Regional de Aragón, en la reclamación 50/710/96, para la suspensión de la liquidación practicada por el concepto de Impuesto sobre el patrimonio, posteriormente anulada por dicho...

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