STSJ Islas Baleares , 16 de Febrero de 2001
Ponente | FERNANDO SOCIAS FUSTER |
ECLI | ES:TSJBAL:2001:298 |
Número de Recurso | 970/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 16 de Febrero de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 208 En la Ciudad de Palma de Mallorca dieciséis de febrero de dos mil uno. ILMOS SRS. PRESIDENTE D. Gabriel Fiol Gomila.
MAGISTRADOS D. Pablo Delfont Maza.
D. Fernando Socias Fuster.
Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares los autos N° 970/998, dimanantes del recurso contencioso administrativo seguido a instancias de la entidad ENDESA S.A., representada por el Procurador D. Fernando Rosselló Tous y asistida del Letrado D. Juan Forcades Juan; y como Administración demandada la COMUNIDAD AUTONOMA DE ILLES BALEARS.
Constituye el objeto del recurso la resolución de la Junta Superior de Hacienda del Govem Balear, de fecha 21.10.1999, por medio de la cual se desestimaba la reclamación económico- administrativa número 10/99 contra la liquidación del impuesto sobre instalaciones que inciden en el medio ambiente número 663/97 ISQ00004, por el importe de 1.219.582.400 pesetas, correspondiente al ejercicio de 1998.
La cuantía se fijó en 1.219.582.400 ptas.
El procedimiento ha seguido los trámites del ordinario.
Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Fernando Socias Fuster, quien expresa el parecer de la Sala.
Interpuesto el recurso en el plazo prefijado en la Ley Jurisdiccional, se le dio traslado procesal adecuado, ordenándose reclamar el expediente administrativo y anunciar su incoación mediante edictos publicados en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma.
Recibido el expediente administrativo, se puso de manifiesto el mismo en Secretaría a la parte recurrente para que formulara su demanda, lo que así hizo en el plazo legal, alegando los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por conveniente, suplicando a la Sala que se dictase sentencia estimatoria del mismo, por ser contrarios al ordenamiento jurídico, los actos administrativos impugnados.
Dado traslado del escrito de la demanda a la representación de la Administración demandada para que contestara, así lo hizo en tiempo y forma oponiéndose a la misma y suplicando se dictara sentencia confirmatoria de los acuerdos recurridos.
No recibido el pleito a prueba y declarada conclusa la discusión escrita, se ordenó traer los autos a la vista, con citación de las partes para sentencia, se señaló para la votación y Fallo, el día 15.02.2001.
Hemos descrito en el encabezamiento cual es la resolución administrativa contra la que se dirige el presente recurso contencioso.
Trae causa de la liquidación tributaria practicada por la demanda, Administración de la comunidad Autónoma, por el concepto del Impuesto sobre Instalaciones que Inciden en el Medio...
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