STSJ Extremadura , 24 de Septiembre de 2002

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2002:2092
Número de Recurso145/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº

PRESIDENTE :

DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON ISAAC MERINO JARA En Cáceres a VEINTICUATRO de SEPTIEMBRE de dos mil dos.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 145 de 2000, promovido por el/la Procurador/a D/Dª

CARLOS ALEJO LEAL LÓPEZ, en nombre y representación del recurrente EXTREMEÑA DE GESTIÓN Y DESARROLLO S.A., siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado y como parte codemandada LA JUNTA DE EXTREMADURA representada y defendida por el LETRADO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA; recurso que versa sobre:

Resolución del T.E.A.R. de Extremadura de fecha 29.10.99 reclamación 06/01361/98 sobre impuesto de transmisiones patrimoniales.

Cuantía 837.928 pts./ 5.036,05 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.-

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. ISAAC MERINO JARA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Carlos Alejo Leal López, en nombre y representación de "EXTREMEÑA DE GESTIÓN Y DESARROLLO, S.A", se dirige contra la Resolución del T.E.A.R. de Extremadura, fechada el 29 de octubre de 1999, recaída en la reclamación número 06/1361/98, interpuesta contra la liquidación complementaria girada por la Oficina Liquidadora del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de Badajoz por este último concepto y en relación con la escritura pública de división de préstamos hipotecarios concedidos por el Banco Central Hispano Americano el...

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