STSJ Extremadura , 22 de Enero de 2003

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2003:93
Número de Recurso1043/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº45 PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCANARIO VILLALBA LAVA DON ISSAC MERINO JARA /

En Cáceres a veintidós de Enero de dos mil tres.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1.043 de 2.000 promovido por el SR. LDO. DE LA JUNTA DE EXTREMADURA siendo demandada la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO y personada el Procurador de los Tribunales SR. CAMPILLO ALVAREZ en nombre y representación de PROMOCIONES MOLEON Y MANOLSA, S.A. ; recurso que versa sobre: "Resolución del T.E.A.R. de Extremadura, fechada el 28 de abril de 2000, recaída en la reclamación número 6/1788/98, interpuesta contra la liquidación complementaria girada a PROMOCIONES MOLEON Y MAMOLSA por la Oficina Liquidadora del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de Badajoz por este último concepto y relativo al "Acta notarial de terminación de Obra",.".

C U A N T I A : 278.000 ptas.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO: Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: No habiendo sido solicitado el recibimiento a prueba del recurso, ni estimarlo necesario la Sala, se pasó al período de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DON ISSAC MERINO JARA.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso, interpuesto por la Junta de Extremadura, se dirige contra la Resolución del T.E.A.R. de Extremadura, fechada el 28 de abril de 2000, recaída en la reclamación número...

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