STSJ Cataluña 728/2008, 30 de Junio de 2008
Ponente | ANA MARIA APARICIO MATEO |
ECLI | ES:TSJCAT:2008:8543 |
Número de Recurso | 1083/2004 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 728/2008 |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Recurso núm. 1083/04
Partes: EDUARDO VELASCO, S.A. C/ TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA
S E N T E N C I A Nº. 728
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN
MAGISTRADOS
Dª. ANA MARIA APARICIO MATEO
D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUIZ
En la ciudad de Barcelona, a treinta de junio de dos mil ocho.
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado, en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo núm. 1083/04, interpuesto por EDUARDO VELASCO, S.A., representada por la Procuradora Dª. Joana Menen Aventin, contra el TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA, representado por el Abogado del Estado.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ANA MARIA APARICIO MATEO, quien expresa el parecer de la Sala.
ANTECEDENTES DE HECHO
La representación actora interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña, de 23 de junio de 2004, estimatoria en parte de las reclamaciones económico- administrativas acumuladas núm. 08/14834/2000 y 08/01021/2001.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, en el que las partes despacharon, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron la anulación de los actos objeto de recurso y la desestimación de éste, respectivamente, en los términos que aparecen en los mismos.
Seguidos los preceptivos trámites, se acordó el señalamiento para votación y fallo del recurso, que tuvo lugar el día fijado al efecto.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Se formula el presente recurso contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña, de 23 de junio de 2004, estimatoria en parte de las reclamaciones económico-administrativas acumuladas núm. 08/14834/2000 y 08/01021/2001, deducidas frente a los acuerdos de la Dependencia Regional de la Inspección de la AEAT, de liquidación y sancionador por el concepto del IVA de los ejercicios 1995 a 1998.
La resolución impugnada estima en parte las referidas reclamaciones, anula la liquidación practicada y la sanción tributaria impuesta por la Oficina Gestora, reconoce el derecho a la devolución de las cantidades indebidamente ingresadas e intereses, y ordena la práctica de nuevas liquidaciones en relación con los supuestos de entregas de vehículos nuevos por la reclamante, entidad concesionaria y distribuidora de vehículos, a cambio de dinero y otro vehículo usado, en las que se determinará la base imponible de tales operaciones atendiendo al valor de mercado del vehículo nuevo, del que se deducirá la parte contraprestación consistente en dinero, y el resultado obtenido será el valor imputable al vehículo usado, conforme a las previsiones del art. 79 Dos de la LIVA.
La representación actora opone, en síntesis, que resulta improcedente la regularización propuesta por el actuario y parcialmente confirmada por la resolución del TEAR, en los casos en que como...
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