STSJ Comunidad de Madrid , 24 de Julio de 2002

PonenteJOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA
ECLIES:TSJM:2002:10585
Número de Recurso2636/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA SENTENCIA 1833 RECURSO NÚM.: 2636-99 PROCURADOR: D. Domingo Collado Molinero Ilmos. Sres.

Presidente D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez Dña. María Antonia de la Peña Elías D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo En la Villa de Madrid a veinticuatro de julio de dos mil dos. Visto por la Sala del margen el recurso núm. 2636-99, interpuesto por D. Octavio , representado por el Procurador D. Domingo Collado Molinero, contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 22.3.99 reclamación núm. 28/10651/97 interpuesta por el concepto de Renta Personas Físicas, habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día veintitrés de julio de dos mil dos en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Alberto Gallego Laguna quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 22 de marzo de 1.999 por la que desestimó la reclamación económico administrativa número 28/10651/97 deducida por la demandante contra acuerdo de la Administración de Fuencarral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por el que se desestima solicitud de rectificación de autoliquidación del Impuesto sobre...

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