STSJ Andalucía , 20 de Enero de 2000
Ponente | MARIA LUISA ALEJANDRE DURAN |
ECLI | ES:TSJAND:2000:825 |
Número de Recurso | 329/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Enero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA Recurso número 329/98 SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Antonio Moreno Andrade Ilmos. Sres. Magistrados Don Julián Moreno Retamino Doña María Luisa Alejandre Durán En la Ciudad de Sevilla, a 20 de Enero de Dos mil. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 329/98.
La cuantía del recurso ha sido 435.356 pesetas.
Es Ponente la Ilma. Sra. Dª. María Luisa Alejandre Durán.
El recurso se interpuso el día doce de febrero de mil novecientos noventa y ocho.
En la demanda, la parte actora solicitó de la Sala se dicte sentencia anulando la resolución impugnada, con los demás pronunciamientos de constancia, instando por medio de otrosí el recibimiento del pleito a prueba.
En su contestación, la parte demandada solicitó se dicte sentencia desestimando íntegramente el recurso interpuesto.
Denegado el recibimiento a prueba por las razones en su momento expuestas, las partes formularon las conclusiones que determina el artículo 78 L.J.C.A ., evacuando dicho trámite mediante los correspondientes escritos, en los que ratificaron sus pretensiones.
Señalado el día para la votación y Fallo del presente recurso, ha tenido efecto en el designado, habiéndose observado las prescripciones legales.
Se debate en este proceso, la conformidad a Derecho de la resolución de la Alcaldía de Lucena (Córdoba) de 16 de diciembre de mil novecientos noventa y siete por la que se desestima el recurso de reposición deducido contra la liquidación girada en expediente nº 97/0969 del Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
La citada liquidación girada por el Ayuntamiento demandado una vez conocida la transmisión de la parcela de terreno sito en C/ PASEO000 (Córdoba) mediante escritura pública de nueve de mayo de mil novecientos noventa y siete de liquidación de sociedad de gananciales, y aceptación y adjudicación de la herencia por fallecimiento del esposo de la recurrente el once de noviembre de mil novecientos noventa y seis, comprendiendo el periodo impositivo desde el veintiséis de mayo de mil novecientos ochenta y tres, fecha en la que adquirida la finca para la sociedad de gananciales hasta la fecha del fallecimiento y aplicando la...
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