STSJ Andalucía , 27 de Septiembre de 2001

PonenteJOAQUIN GARCIA BERNALDO DE QUIROS
ECLIES:TSJAND:2001:12992
Número de Recurso24/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

1 SENTENCIA Nº DE 2.001 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. MÁLAGA ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE Dª. MARIA ROSARIO CARDENAL GOMEZ MAGISTRADOS Dª.MARIA TERESA GOMEZ PASTOR D. JOAQUIN GARCIA BERNALDO DE QUIROS.

En la Ciudad de Málaga a Veintisiete de Septiembre de dos mil uno.- Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en nombre de S.M. el REY, la siguiente Sentencia en el recurso de apelación número 24 de 2001, interpuesto por AYUNTAMIENTO DE ALCAUCIN y Baltasar , contra Sentencia de fecha 11 de noviembre de 2000, dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo Número Uno, y como parte apelada JUNTA DE ANDALUCIA.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON JOAQUIN GARCIA BERNALDO DE QUIROS, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Letrada de la Junta de Andalucía, en representación de La Junta de Andalucía, se interpuso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de Málaga recurso contencioso administrativo contra Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Alcaucín de 12 de noviembre de 1997, registrándose el recurso con el número 46/1999.

SEGUNDO

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de Málaga, dictó Sentencia 11 de noviembre de 2000 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía contra el Ayuntamiento de Alcaucín, representado por la Procurador Sra. Pérez Romero, debo declarar y declaro la nulidad del Decreto de fecha 12 de noviembre de 1997 descrito en el antecedente de hecho primero de esta resolución, por no ser conforme a derecho. No se hace expresa imposición de costas.".

TERCERO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la parte demandada y codemandada se interpuso Recurso de Apelación, el que fue admitido a trámite, dándose traslado a las demás partes personadas, por quince días, para formalizar su oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sala de lo Contencioso Administrativo, quedando registrado el recurso de apelación con el número 24/2001.

CUARTO

No habiéndose solicitado celebración de vista o presentación de conclusiones, quedaron los autos, sin más trámite para votación y fallo, designándose Ponente al Ilmo. Sr. D. JOAQUIN GARCIA BERNALDO DE QUIROS, señalándose votación y fallo para el día 19-9-01, en que ha tenido lugar.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En el presente Recurso se alza el apelante, Ayuntamiento de Alcaucín, contra la Sentencia de 11 de Noviembre de 2000 del Juzgado nº 1 de lo Contencioso-Administrativo de esta Capital, recaída en los autos nº 46/99 que ante el mismo se siguieron y que estimó el Recurso interpuesto por la actora Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Andalucía contra la Resolución de aquél por la que se otorgó licencia a don Baltasar por Decreto de 12 de noviembre de 1997 para la construcción de una vivienda de una...

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