STSJ Navarra , 4 de Marzo de 2005

PonenteJOAQUIN MARIA MIQUELEIZ BRONTE
ECLIES:TSJNA:2005:310
Número de Recurso737/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 261/2005 ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PEREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona/Iruña, a cuatro de marzo de dos mil cinco.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 0000737/2003 contra Resolución nº 1881 del Tribunal Administrativo de Navarra de fecha 12 de mayo de 2003 por la que se estima el recurso de alzada interpuesto por el Ayuntamiento de Murillo el Cuende contra acuerdo del Concejo de Rada de 4 de octubre de 2001 por el que se deniega la solicitud formulada por dicho ayuntamiento destinada a obtener la revocación de las licencias de obras concedidas a "SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACION NUMERO 960, denominada SAN FERMIN" el 26-6-2001 paralizando las obras; siendo en ello partes: como recurrente SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN Nº 960 SAN FERMIN a la que representa el Procurador D./Dña. SANTOS JULIO LASPIUR GARCÍA y dirige el Letrado D./Dña. JUAN MARIA ZUZA LANZ; como demandado/a el GOBIERNO DE NAVARRA, representado y dirigido por el Sr. Asesor Jurídico-Letrado; y como codemandado el AYUNTAMIENTO DE MURILLO EL CUENDE, representado por el Procurador Sr. FRANCISCO JAVIER ECHAURI OZCOIDI, y dirigido por la Letrada Sra. ANA OTAZU VEGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26-6-2003 la parte actora interpuso el presente recurso Contencioso administrativo contra resolución ya expresada en el encabezamiento.

SEGUNDO

Tramitados los autos conforme a las normas legales y practicada la prueba solicitada por las partes con el resultado obrante en autos, se declararon los autos conclusos señalándose para votación y fallo el día 1 de marzo de 2005 a las 10'00 horas.

TERCERO

Es Ponente el Iltmo. Presidente de la Sala D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A la vista de las alegaciones hechas por las partes, expediente administrativo remitido y pruebas practicadas en estos autos se desprenden, a juicio de la Sala, los siguientes hechos probados, básicos para la resolución de las pretensiones ejercitadas por las partes: El día 16 de diciembre de 1999, D. Rafael solicitó licencia de actividad para una explotación porcina en la parcela NUM000 del polígono NUM001 del término concejil de Rada.

El expediente de solicitud fue sometido a información pública y se emitió informe sanitario sobre la petición de licencia de actividad solicitada en sentido favorable.

Con igual fecha de 21 de enero de 2000, la Oficina de Rehabilitación de Viviendas y Edificios (ORVE)

de la Comarca de Tafalla emitió un informe favorable.

Admitida a trámite la citada petición, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Murillo el Cuende, remitió el expediente al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.

El Director General de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, por resolución número 0484, de 4 de abril de 2000, informó favorablemente la instalación de la explotación porcina proyectada.

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Murillo el Cuende, mediante resolución 25/2000, de 7 de abril, concedió la licencia de actividad solicitada.

Por escrito de 28 de marzo de 2001, la actora solicitó del Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Murillo el Cuende, licencia de obras para la construcción de una nave para explotación porcina.

El Presidente del Concejo de Rada, por resolución de 22 de junio de 2001 previo informe preceptivo, favorable y vinculante del Ayuntamiento de Murillo el Cuende, concedió la licencia de obras solicitada para la "construcción de nave para explotación porcina".

El Ayuntamiento de Murillo el Cuende, en sesión celebrada el día 11 de septiembre de 2001, acordó

dirigirse al Concejo de Rada, dándole traslado de este Acuerdo a fin de que por el mismo se adopten las resoluciones oportunas a que se refiere el artículo 232 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio suspendiendo los efectos de licencia de obras concedida a la SAT nº 960 San Fermín ..., por constituir presuntamente el contenido de la licencia referida una infracción urbanística grave, paralizando las obras iniciadas a su amparo y dando traslado de dicha Resolución de suspensión de efectos y paralización de obras al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona.

El Concejo de Rada con fecha 4 de octubre de 2001, adoptó, el siguiente acuerdo:

" 4.- Solicitudes y peticiones de Ayuntamiento de Murillo el Cuende.

4.2.- Retirada de la Licencia de Obras concedida a S.A.T. San Fermín el 26 de junio, paralizando la obra de las granjas que está construyendo.

El Concejo, siguiendo informes solicitados al Dpto. de Administración Local y la Federación Navarra de Municipios y Concejos, considera que la licencia citada se atiene a la legalidad, por lo que...

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