STSJ Aragón , 22 de Noviembre de 2004

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2004:2995
Número de Recurso970/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Social

Rollo número: 970/2004 Sentencia número: 1351/2004 E MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a veintidós de noviembre de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 970 de 2004 (Autos núm. 406/2004), interpuesto por la parte demandante D. Jose Carlos y otros, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de Zaragoza, de fecha 19 de julio de 2004 , siendo demandado FEDERACIÓN ESTATAL DE COMERCIO, HOSTELERIA Y TURISMO DE CC.OO. (FECOMT-CC.OO.) siendo parte el Ministerio Fiscal, sobre TUTELA LIBERTAD SINDICAL. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Según consta en autos, se presentó demanda por D. Jose Carlos y otros, contra FEDERACIÓN ESTATAL DE COMERCIO, HOSTELERIA Y TURISMO DE CC.OO. (FECOMT-CC.OO.)

siendo parte el Ministerio Fiscal, sobre TUTELA LIBERTAD SINDICAL; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza, de fecha 19 de julio de 2004 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que DESESTIMANDO la excepción de inadecuación del procedimiento invocada por la representación de la demandada, en la demanda interpuesta por D. Jose Carlos , D. Alvaro , Da Gabriela y D. Bartolomé , contra la FEDERACIÓN ESTATAL DE COMERCIO, HOSTELERÍA Y TURISMO DE COMISIONES OBRERAS (FECOMT-CCOO), siendo emplazado el MINISTERIO FISCAL., y DESESTIMANDO la referida demanda, debo declarar y declaro que en la conducta de la citada demandada acaecida el 18-11-03 que ha sido sometida a examen, no concurre la vulneración de derechos de libertad sindical denunciada; absolviendo por ello a la demandada de los pedimentos contra ella deducidos."

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1° Los actores fueron elegidos, Secretario General (Jose Carlos) y miembros de la Comisión ejecutiva (el resto) de la Federación de Comercio, Hostelería y Turismo de Aragón (FECOHT-Aragón), en el Congreso de 28/02/2001 de fusión y constituyente de la FECOHT-Aragón.

  1. Desde la constitución de la Comisión de Aragón existieron importantes divergencias entre sus miembros, apareciendo claramente marcadas dos tendencias -una más afín a la mayoría confederal y otra más crítica con los planteamientos de la anterior, siendo la mayoría de las votaciones con el resultado de 6/5, hasta que en enero de 2004, dimitió uno de sus componentes, no lográndose desde entonces llegar a ningún acuerdo, al quedar todas las votaciones 5/5.

  2. A raíz de la situación creada a principios del mes de noviembre de 2003, cinco de los miembros de la -Comisión Ejecutiva de la Federación de Aragón comunican a la Comisión Ejecutiva Estatal telefónicamente su decisión de dimitir, con anterioridad a la celebración de la reunión de la Ejecutiva de la Federación de Aragón el día 18/11/03, para lo cual previamente al inicio de la misma y antes de entrar en el local sito en Paseo de la Constitución de Zaragoza, donde se había convocado la reunión, entregaron sus dimisiones por escrito a D. Isidro y D. Lázaro , Secretarios de Finanzas y de Organización, respectivamente, de la Ejecutiva de la Federación Estatal de Comercio, Hostelería y Turismo. Obran en autos las comunicaciones de los cinco miembros de la Comisión Ejecutiva de la FECOHT-Aragón, debidamente firmadas y fechadas el 17 una y el 19/11/03 el resto (folios 309 a 313 de autos).

    A continuación, los dos Secretarios de la Ejecutiva de la FECOHT-CCOO, entraron en la reunión de la Ejecutiva de la Federación de Aragón, poniendo en conocimiento de los presentes -entre ellos nueve de sus miembros- la dimisión de los cinco miembros de la Ejecutiva de Aragón, cuatro de ellos presentes y que así lo confirmaron, y comunicando los primeramente citados, dada la necesidad de dar estabilidad a la organización, a la vista del anuncio de dichas dimisiones, junto con la dimisión anterior de otro compañero, la propuesta de nombrar una dirección provisional compuesta por siete miembros (entre los que se encontraban tres de los cinco que acababan de dimitir), con el cese de los cinco hoy demandantes, al amparo del art. 22 de los Estatutos de la Federación Estatal.

  3. E1 orden del día de la reunión de la Comisión Ejecutiva de la FECOHT-Aragón de 18-11-03 era: 1°

    aprobación, si procede del acta de la reunión anterior, y 2° convocatoria del Consejo de FECOHT-Aragón, para aprobar si procede la ampliación de la Comisión Ejecutiva, aprobada en la reunión de la Comisión Ejecutiva de FECOHT-Aragón, celebrada el día 16 de julio -obra al folio 72 de autos dándose por reproducida-.

  4. El nombramiento de la nueva Dirección Provisional en base al art. 22 de los Estatutos, efectuado el 18/11/03, fue ratificado por la Comisión Ejecutiva Estatal en reunión del 4/12/03 -1ª reunión del órgano de dirección Estatal tras la disolución de la...

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