STSJ Comunidad Valenciana , 6 de Abril de 2001

PonenteLUIS MANGLANO SADA
ECLIES:TSJCV:2001:3057
Número de Recurso2480/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Rº 2480/97 SENTENCIA Nº 431 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Iltmos. Srs.:

Presidente:

D. JOSE DIAZ DELGADO Magistrados:

D. SALVADOR BELLMONT MORA.

D. LUIS MANGLANO SADA.

En la Ciudad de Valencia, a 6 de abril de dos mil uno. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo nº 2480/97, interpuesto por el Letrado D. José Javier Berenguer Sánchez, en nombre y representación de GESTIONES EMPRESARIALES C.B., contra el Ayuntamiento de Alicante, habiendo sido parte en autos la Ad- ministración demandada, representada por la Procuradora Dª. Celia Sin Sánchez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 5 de abril de dos mil uno, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS: Los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo ponente el Magistrado D. LUIS MANGLANO SADA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por GESTIONES EMPRESARIALES C.B. contra las desestimaciones por el Ayuntamiento de Alicante de los recurso de reposición formulados contra las liquidaciones practicadas en concepto de Impuesto sobre Actividades Económicas, ejercicios 1995, 1996 y 1997, expedientes nº 99/95, 3433/96 y 2659/97.

SEGUNDO

La pretensión del recurrente se contra en su consideración de que los actos liquidatorios municipales no aplican la bonificación interesada contenida en la Ley 22/93.

Reseñar que la Comunidad actora se dió de alta en el IAE en 1995, epígrafe 842, solicitando entonces la bonificación de la cuota prevista en el art. 8.4 de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de Protección del Desempleo, aplicable desde entonces como art. 83.3 LHL. Dicha norma contempla una bonificación en la cuota cuando, al inicio del ejercicio de la actividad empresarial el...

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