STSJ Andalucía , 24 de Junio de 2002
Ponente | JUAN MANUEL CIVICO GARCIA |
ECLI | ES:TSJAND:2002:9632 |
Número de Recurso | 3566/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 24 de Junio de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SECCIÓN PRIMERA RECURSO 3.566/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 500 DE 2.002 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:
D. Rafael Puya Jiménez Ilmos. Sres. Magistrados D. Juan Manuel Cívico García Dª. Mª Luisa Martín Morales
En la ciudad de Granada, a veinticuatro de junio de dos mil dos. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 3.566/97 seguido a instancia de Dª. ROSA MARÍA RIVERA PÉREZ, S.L., que comparece representada por la Procuradora Dª. Mª Jesús Hermoso Torres y dirigida por Letrado, siendo parte demandada el AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA, en cuya representación interviene el Procurador D. Eduardo Alcalde Sánchez y dirigido por Letrado. Siendo parte coadyuvante CIA. DE SEGURIDAD BLACK STAR, S.L. en cuya representación y defensa interviene el Letrado D. Emilio Jesús López Gutiérrez. La cuantía del recurso es indeterminada.
Interpuesto recurso contencioso-administrativo, se admitió a trámite el mismo y se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.
En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dictase sentencia en la que: Se admita la ampliación del recurso contencioso administrativo a la resolución del Alcalde de Almería de 3 de julio de 1.997 en la que se procede a la adjudicación del contrato a la entidad Black Star. Se invalide la resolución del Alcalde del Ayuntamiento de Almería de fecha 3 de junio de 1.997 por la que se aprueba la contratación de seguridad privada por importe de 20 millones de pesetas con cargo a la partida presupuestaria A05 451.00277.01 por las razones expuestas en el presente recurso. Se invalide la resolución del Alcalde del
Ayuntamiento de Almería de 3 de julio de 1.997 en la que se adjudica el contrato de seguridad privada reseñado a la entidad Black Star, S.l. por las razones expuestas en el cuerpo de este escrito. Se proceda por la parte del Ayuntamiento de Almería al pago de los servicios de seguridad privada prestados y no abonados a Marisol durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 15 de mayo 1.997 señalados en el cuerpo de la demanda, así como al pago de los intereses de demora correspondientes que se determinen en ejecución de sentencia.
En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia por la que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto, en base a los motivos expuestos, confirme los actos impugnados. Igualmente la parte coadyuvante solicitó se dictase sentencia por la que, se desestime el recurso deducido por María Rosa Rivera Pérez, S.L. con cuanto más sea procedente en Derecho.
Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.
Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.
Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Juan Manuel Cívico García.
Constituye objeto del presente recurso contencioso-administrativo la impugnación por la entidad Rosa María Rivera Pérez S.L., de la Resolución de 3 de junio de 1.997 del Alcalde del Ayuntamiento de Almería, en cuanto vino a autorizar un gasto por importe de 20.000.000 de ptas. con cargo a determinada partida del Presupuesto Municipal, acordó la aprobación del Pliego de las Cláusulas económico-administrativas para adjudicar mediante el procedimiento negociado sin publicidad los servicios de vigilancia y seguridad privada de las instalaciones municipales dependientes del Área de Cultura del Ayuntamiento, y dispuso la iniciación de los trámites pertinentes para que se sustanciara el correspondiente expediente para la contratación del...
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