STSJ Canarias , 14 de Febrero de 2001

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
ECLIES:TSJICAN:2001:598
Número de Recurso1413/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA.- SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.- LAS PALMAS.- Ref: RCA n° 1.413/97.- S E N T E N C I A núm. 515/2.001 Ilmos. Sres.:

Presidente:

Don Jesús José Suarez Tejera.- Dña. Cristina Paez Martínez Virel.- Don César José García Otero.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a catorce de febrero del dos mil uno.- Visto, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el presente recurso n° 1.413/97, seguido por el procedimiento ordinario; en el que son partes: como recurrente, el Sindicato Grupo de Independientes de la Administración Local, representado y defendido por el Letrado don Rector Cabrera Guerra; y, como Administración demandada, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, representado por el Procurador don Francisco López Díaz y defendido por el Letrado don Julio Cabrera Barreto, versando sobre legalidad de reglamento de entidad local, siendo su cuantía indeterminada.- I.- A N T E C E D E N T E S . PRIMERO.- Por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria adoptado en sesión ordinaria de fecha 28 de noviembre de 1.996, se aprobó el Reglamento de la Agrupación de voluntarios de Protección Civil y su Norma Especial de la División contra Incendios.- El anuncio de dicha aprobación, junto con la apertura de un periodo de treinta días para reclamaciones y sugerencias, fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de fecha 24 de enero de 1.997, tras lo cual se procedió a la aprobación definitiva por acuerdo plenario de 21 de marzo de 1.997.- SEGUNDO.- Contra dicha aprobación se interpuso recurso contencioso-administrativo por el Letrado don Hector Cabrera Guerra, en nombre y representación del Sindicato Grupo de Independientes de la Administración Local.- TERCERO.- En su momento se formuló la correspondiente demanda en la que pedía la estimación del recurso y la anulación de la resolución recurrida con imposición de costas a la Administración.- CUARTO.- Por su parte, la Administración demandada se opuso al recurso pidiendo su desestimación.- QUINTO.- Finalizado el período probatorio se dio traslado a las partes para conclusiones y se trajeron las actuaciones a la vista para resolver con señalamiento del nueve de febrero del año en curso para deliberación, votación y Fallo.- Fue ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don César José García Otero que expresa el parecer unánime de la Sala.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El objeto del recurso es la pretensión de nulidad del Acuerdo municipal plenario que aprobó definitivamente el Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil y su Norma Especial de la División contra Incendios.- Se trata, por tanto, de un recurso directo contra la norma de naturaleza reglamentaria y alcance general, que se sustenta en la vulneración de los artículos 15. 30.3 y 4 y 35.1 de la Constitución, así como del texto y espíritu de la Ley 2/1.985, de 21 de enero de Protección Civil y del articulo 15 de la Ley 4/1.998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias, y también en la desviación de poder en el ejercicio de las potestades administrativa.- En este sentido, la argumentación del Sindicato recurrente gira en torno a que se diseña un cuerpo de...

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