STSJ Cataluña , 20 de Diciembre de 2004

PonenteGUILLERMO VIDAL ANDREU
ECLIES:TSJCAT:2004:14714
Número de Recurso72/2004
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2004
EmisorSala de lo Civil y Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA Sala Civil y Penal R. Casación nº 72/2004 SENTENCIA Nº 38 Presidenta:

Excma. Sra. Mª Eugènia Alegret Burgués Magistrados:

Ilmo. Sr. Guillermo Vidal Andreu Ilmo. Sr. Antoni Bruguera i Manté

Barcelona, 20 de diciembre de 2004 La Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, integrada por los magistrados que se expresan mas arriba, ha visto el recurso de casación núm. 72/2004 contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Barcelona en el rollo de apelación núm. 155/2003 como consecuencia de las actuaciones de procedimiento ordinario núm. 255/2002 seguidas ante el Juzgado de 1a Instancia núm. 35 de Barcelona. La Sra. Amparo ha interpuesto este recurso representada por el Procurador Sr. Francisco Javier Manjarin Albert y defendida por el Letrado Sr. Jesús Condomines Pereña. Es parte recurrida la Sra. María Consuelo , representada por el Procurador Sr. Jorge Enrique Ribas Ferre y defendida por el

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador de los Tribunales Sr. Francisco Javier Manjarin Albert, actuó en nombre y representación de Doña. Amparo formulando demanda de procedimiento ordinario núm. 255/2002 en el Juzgado de Primera Instancia núm. 35 de Barcelona. Seguida la tramitación legal, el Juzgado indicado dictó sentencia con fecha 12 de noviembre de 2002 , la parte dispositiva de la cual dice lo siguiente:

"

FALLO

Estimando la reclamación efectuada por doña María Consuelo se condena a doña Amparo a entregar el legado derivado del testamento de doña Antonieta respecto de las fincas siguientes:

NUM000 , al tomo NUM001 de Begur, folio NUM002 , NUM003 , al tomo NUM004 de Begur, folio NUM005 , NUM006 , al tomo NUM004 de Begur, al folio NUM007 , NUM008 , al tomo NUM004 de Begur, folio NUM009 , NUM010 , al tomo NUM004 de Begur, folio NUM011 , NUM012 , al tomo NUM004 de Begur, folio NUM013 .

Las costas derivadas del allanamiento se distribuyen entre los litigantes asumiendo cada uno las suyas y las comunes por mitad; las derivadas de las cuestiones sobre las que hay controversia se imponen a quien ha visto rechazadas sus pretensiones".

SEGUNDO

Contra esta Sentencia, la parte actora interpuso recurso de apelación, que se admitió y se sustanció en la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Barcelona la cual dictó Sentencia en fecha 1 de diciembre de 2003, con la siguiente parte dispositiva:

"

FALLAMOS

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de Dª

Amparo frente a la sentencia dictada en el juicio ordinario nº 255/02 seguido ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 35 de Barcelona , debemos CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS dicha sentencia, con imposición al apelante de las costas de este recurso".

TERCERO

Contra esta Sentencia, el Procurador Sr. Francisco Javier Manjarín Albert en nombre y representación de Doña. Amparo , interpuso recurso de casación que por auto de esta Sala, de fecha 27 de julio de 2004, se admitió a trámite dándose traslado a la parte recurrida y personada para formalizar su oposición por escrito en el plazo de veinte días.

CUARTO

Por providencia de fecha 4 de octubre de 2004 se tuvo por formulada oposición al recurso de casación y de conformidad con el art. 485 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se señaló para su votación y fallo que ha tenido lugar el día 22 de noviembre de 2004.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Guillermo Vidal Andreu.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se presenta por la representación procesal de Dª. Amparo recurso de casación contra la sentencia dictada en fecha 1 de diciembre de 2.003 por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona , en Rollo 155/03 procedente del juicio ordinario 255/02 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 35 de Barcelona, que desestima el recurso formulado contra la sentencia pronunciada por este Juzgado, estimatoria de las pretensiones de la demandante reconvencional Dª María Consuelo .

En definitiva, se condena a la actora a entregar a la demandada y demandante reconvencional el legado derivado del testamento de su tía Dª. Antonieta respecto de seis fincas y ello en base a la interpretación que efectúa dicha sentencia de primera instancia (que asume la sentencia objeto de recurso de casación) de la cláusula testamentaria que contiene el legado en favor de Dª. María Consuelo , según la cual la testadora " lega a su sobrina María Consuelo , la plena propiedad...

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