STSJ Extremadura , 28 de Noviembre de 2002

PonenteJOSE MANUEL PEREZ CLEMENTE
ECLIES:TSJEXT:2002:2616
Número de Recurso113/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº

PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA DON JOSE MANUEL PEREZ CLEMENTE.- En Cáceres a veintiocho de Noviembre de dos mil dos.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 113 de 2.000 promovido por la representación legal de la JUNTA DE EXTREMADURA siendo parte demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO y personado como parte codemanda el Procurador de los Tribunales DON CARLOS ALEJO LEAL LOPEZ en nombre y representación de "ANDALUCIA 3000, S.L." ; recurso que versa sobre: "Acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional del Extremadura, de fecha 30 de septiembre de 1999, por el que estimando la reclamación núm. 6/215/98, interpuesta por la empresa "Andalucía 3000, S.L." contra la liquidación, núm. T-2915, girada, en cuantía de 1.472.513 pesetas, por los Servicios Fiscales Territoriales de la Junta de Extremadura por el concepto de Actos Jurídicos Documetados".

C U A N T I A : 1.472.573.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO: Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: No habiendo sido solicitado el recibimiento a prueba del recurso, ni estimarlo necesario la

Sala, se pasó al período de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DON JOSE MANUEL PEREZ CLEMENTE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el Letrado de la Junta de Extremadura se impugna a través de este recurso contencioso administrativo el Acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional del Extremadura, de fecha 30 de septiembre de 1999, por el que estimando la reclamación núm. 6/215/98, interpuesta por la empresa "Andalucía 3000, S.L." contra la liquidación, núm. T-2915, girada, en cuantía de 1.472.513 pesetas, por los Servicios Fiscales Territoriales de la Junta de Extremadura por el concepto de Actos Jurídicos Documetados, anuló la liquidación girada por la presentación de la escritura pública de Acta Final de Obra otorgada el 22 de julio de 1997. Se solicita en la demanda que...

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